El Ministerio de Administración Pública (MAP) exhortó a los funcionarios y encargados de dependencias estatales a no nombrar a familiares en una misma institución.
Dicha medida se deberá cumplir mediante la Ley 41-08 sobre Función Pública.
Según indicó la institución a través de una circular, el objetivo de esta medida es corregir prácticas y acciones violatorias a las disposiciones legales que han venido ocurriendo en órganos del Poder Ejecutivo.
“A los funcionarios y servidores públicos les está prohibido prestar servicios en la misma institución que sus cónyugues y quienes estén unidos por lazos de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive cuando tuvieran relación de jerarquía, articulo 80.15 de la Ley 41-08 de Función Pública”, indica la circular.