El exsenador por San Cristóbal, Tommy Galán, afirmó que se constituye en una violación a la Ley de Presupuesto del Estado 2021, 237-20, la entrega fraccionada e incompleta a la Junta Central Electoral (JCE) de los fondos asignados en el presupuesto de este año a los partidos políticos por parte de la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES).
Mediante una serie de mensajes en su cuenta de Twitter Galán se suma al reclamo de del secretario de los Asuntos Jurídicos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), José Dantés Díaz, en su requerimiento al director General de Presupuesto, José Rijo Presbot, de transferir los fondos a la Junta Central Electoral correspondiente a los partidos políticos “tal cual fueron aprobados por el congreso para un monto de RD$1, 260,400.00”.
“Debo hacer algunas consideraciones. En la formulación del Presupuesto 2021 establece un art.36, que en su redacción se produce una incongruencia, que el congreso en su estudio debió omitir o corregir. El art. 36 lo que produce es una violación al propio objeto de la ley de presupuesto 2021”, apuntó el exsenador por San Cristóbal.
En ese sentido, explica que el hecho es “Una violación a la Ley Orgánica de Presupuesto 423-06 en su art. 48 y a la propia Constitución de República Dominicana en el capítulo II de las finanzas públicas, sección I del presupuesto general del Estado en su párrafo del art. 234, Modificación del Presupuesto”.
“Una vez la DIGEPRES consignó el art.36 en la ley de presupuesto 2021, debió dejar ajustadas las partidas presupuestadas por capítulos, con los montos correspondientes presentados en el Presupuesto aprobado 2021”, afirma el también miembro del Comité Político del PLD.
A juicio de Galán “En la manera que la DIGEPRES pretende validar esto, afectando 12 instituciones públicas, incluyendo poderes del Estado, estarían con llave en mano con la posibilidad de afectar los montos sin ningún límite, resultando esto sencillamente ilegal e irregular”.
“Debemos recordar, que realizar una modificación al presupuesto conlleva por un lado, reducir partidas a instituciones e igualmente sumar, reclasificando a otras. En el caso particular no se evidencia en las partidas de la JCE ningún ajuste”, sostiene.
Sobre la contabilidad gubernamental, agrega que “como todas, son por partidas doble, donde se aplica un débito se genera un crédito, como el presupuesto, donde se resta en una partida, en la misma proporción se suman a otras”.
“Por lo que podemos concluir que el art.36 de la ley de presupuesto del Estado no generó ningún efecto, que no sea, solo dejar marcada una intención o voluntad, con relación a modificar el capítulo de administración de contribución especial de la JCE por RD$1, 260,400.00”.
Entiende que “se hace obligatorio, que solo por medio a una iniciativa de Ley de Modificación Presupuestaria enviada al Congreso Nacional, haría posible que el ejecutivo, DIGEPRES puedan reducir en un 50% los fondos a los partidos políticos”.
“Siendo eso así, el gobierno está obligado a través de la DIGEPRES a realizar en lo inmediato las transferencias presupuestarias del 100% correspondientes al monto consignado y aprobado en la ley de presupuesto general del Estado 2021, La duodécima parte de los 1,260,400.00”, concluyó Galán.