Pepe Goico, abogado con rango de general, reclama justicia

Pepe Goico, abogado con rango de general, reclama justicia

Solicita a Abinader cumplir con su reintegro al Ministerio de Defensa y pago de sueldos caídos

El coronel retirado, Pedro “Pepe” Goico solicitó al presidente de la República, Luis Abinader, vía consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, la ejecución de la sentencia 0030-042021-SSEN-00540, en fecha 18/08/2021, que ordena al ministerio de Defensa “el reintegro”, a sus filas.

La solicitud fue registrada el pasado 09 de febrero, donde Pedro Julio Goico Guerrero suscribió su argumento, “con la finalidad de que dentro de su facultad constitucional proceda a la ejecución de la sentencia marcada con el número 0030-042021-SSEN-00540 de fecha 12 de octubre del año 2021, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en el sentido de disponer mi reintegro a las filas del Ejercito de la Republica Dominicana con el rango que ostentaba al momento de mi separación, tomando en cuenta los 18 años que me mantuve fuera de la institución fruto de la separación arbitraria que dio origen a sentencia a ejecutar, debiendo en consecuencia, ser promovido al rango de General de Brigada del Glorioso Ejercito de la Republica Dominicana conforme lo dispone el artículo 120 de la ley 139-13 Orgánica de las Fuerzas Armadas”.

El solicitante anexó la sentencia dictada por la tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, donde procedieron a declarar el proceso libre de costas, de conformidad con el artículo 72 de la Constitución y 66 de la Ley Núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.

Dicha decisión fue firmada por los jueces del Tribunal, adoptada por la mayoría requerida, señala el referido documento

El fallo de la sentencia dictó que  “declara regular y válida, en cuanto a la forma, la presente acción constitucional de amparo incoada por el señor Pedro Julio Goico Guerrero, en fecha 18/08/2021, contra Ministerio de Defensa de la República Dominicana, y su ministro Carlos Luciano Díaz Morfa, por haber sido interpuesta conforme a las reglas procesales vigentes”.

Por lo que en la sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00540 en el fallo tercero: “Acoge parcialmente, en cuanto al fondo, la presente acción constitucional de amparo, en consecuencia, ordena al Ministerio de Defensa de la República Dominicana y a su ministro Carlos Luciano Díaz Morfa el reintegro del señor Pedro Julio Goico Guerrero, a sus filas, por las razones precedentemente expuestas”.

Asimismo ordenó el pago de los salarios dejados de percibir por las funciones que desempeñaba en el Ministerio de Defensa, hasta el momento del cumplimiento de la presente sentencia, firmada por Lassunsky Dessyre García Valdez, Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo.

Fue puesto en retiro el 30 de agosto de 2004, mediante el decreto 1069-04, en el gobierno de Leonel Fernández.

El pago de los salarios caídos, se ordena desde el momento en que se produce su separación, al determinar que su desvinculación fue contraria a las disposiciones del artículo 253, de la Constitución, el cual establece de manera clara en ‘cuanto a la carrera militar, que El ingreso, nombramiento, ascenso, retiro y demás ‘aspectos del régimen de carrera militar de los miembros de las Fuerzas Armadas se efectuará sin discriminación alguna, conforme a su ley orgánica y leyes complementarias, disponiendo que se prohíbe el reintegro de sus miembros, con la excepción de los casos en los cuales la separación o retiro haya sido realizada en violación a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, en el caso de la especie el retiro por antigüedad en servicio no fue justificado en la norma, decisión argumentada en la presente sentencia como arbitraria y discriminatoria, lo que dejó al manifiesto la vulneración de los derechos del accionante.

Del mismo modo nuestra Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, No. 139-13, de fecha 13-09-2013, en su artículo 109, expresa que “Se prohíbe el reintegro de los miembros de las Fuerzas Armadas, con excepción de los casos en los cuales la separación o retiro haya sido realizada en violación a la presente ley.

La Dirección Jurídica, es de opinión que procede dar cumplimiento a la Sentencia que ordena el reintegro del Coronel (DEM) ® PEDRO JULIO GOICO GUERRERO, 0-001-1166195-5, ERD., decisión que adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, por lo que recomendamos, salvo su más elevado parecer, que el presente expediente sea tramitado al Honorable Señor Ministro de Defensa, para que sea colocado en agenda del Estado Mayor General de las FFAA., para tales fines.

La parte accionante ha solicitado que se condene a la parte accionada al pago de una astreinte de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RDS30,000.00), por cada día de retardo, en el cumplimiento de la referida sentencia.

Lo anterior constituye un precedente constitucional de carácter vinculante a todos los poderes públicos, incluyendo este Tribunal, más, al ser la astreinte una figura de naturaleza jurisprudencial cuya fijación depende de la soberana apreciación del Juez, esta Sala entiende pertinente rechazar dicha solicitud, en virtud de que esta Corte entiende que no hay razones legítimas para presumir el no cumplimiento por la Administración de lo ordenado en la presente decisión.

¿Quién es Pepe Goico?

Pepe Goico es una figura controversial que desde 1996 se ha visto involucrado en varios escándalos.

Siendo mayor del Ejército, ese año enfrentó su primer proceso judicial al ser acusado de estafar al Estado dominicano con más de 90 millones de pesos a través de la Lotería Nacional.

Fue imputado de adulterar los equipos que se utilizaban en los sorteos, por cuyo caso duró un año preso en la cárcel de Najayo, San Cristóbal.

En el año 2000 con la llegada al poder del PRD e Hipolito Mejia, Pepe Goico fue reintegrado y se convirtió en jefe de la avanzada militar y asistente personal del mandatario.

En el 2002, se enfrentó a los tribunales por su supuesta vinculación con el fraude por 400 millones de pesos al Banco Intercontinental (Baninter). Luego, fue acusado de hacer retiros millonarios de la tarjeta de crédito asignada a la Presidencia de la República, en el denominado caso “Pepe Card”.

En agosto de 2004, el presidente Leonel Fernández dispone por decreto el retiro del Coronel Pepe Goico, quien decide en septiembre de ese mismo año, salir del país con destino a Paris, Francia, con el propósito de realizar unos estudios avanzados.

En julio de 2005 Pedro Julio Goico Guerrero estaba en Madrid, España, continuando sus estudios avanzados cuando fue ordenado su arresto por su presunta vinculación con el capitán de la Policía Nacional y narcotraficante, Quirino Ernesto Paulino, además de uso de dinero proveniente del tráfico de drogas.

El 23 de mayo de 2006, Pedro Julio Goico fue enviado a la cárcel de La Victoria, imputado por uso y distribución de dinero proveniente del narcotráfico en coordinación con el excapitán Quirino Ernesto Paulino Castillo.

Pese a existir una orden de detención y la cooperación de la Interpol, Pepe Goico se mantuvo en España y al año de de emitirse la orden de arresto, el 21 de septiembre de 2006, regresa al país y finalmente es detenido.

El 5 de marzo, Goico fue enviado a juicio de fondo por la jueza del Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ya que supuestamente había incurrido en encubrimiento a favor de Quirino durante la negociación del helicóptero Colibrí.

Tras guardar prisión como coercion, salir bajo fianza y finalmente ser descargado en el juicio de fondo por falta de pruebas en su contra, Pedro Julio Goico Guerrero se gradúa en el año 2009 de doctor en Derecho en la Universidad Complitense de Madrid.