El Colegio Medico Dominicano (CMD) vuelve a tener su derecho constitucional a protestar, ejecutar paros y huelgas, según el despacho de abogado Mashlaw Servicios Legales.
Así le informó Miguel Alberto Surun Hernández, abogado de dicho despacho, al presidente del gremio médico Waldo Ariel Suero, mediante de una misiva en referencia a la medida precautoria inexistente por efecto de incompetencia.
Se trata de “la vigencia o no, de la medida precautoria emitida por la Magistrada Priscila Martínez Tineo, Juez Presidente de la Cuarta Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, contra el Derecho Constitucional a Protestar, a la luz de su declaratoria de incompetencia para conocer la acción de amparo interpuesta contra el CMD”, argumenta la carta.
“Al respecto, el criterio constante fijado por la Jurisprudencia en la materia, y por el propio Tribunal Constitucional, es que la declaratoria de incompetencia de atribución, en el curso de una acción de amparo, conlleva la extinción y cese de cualquier medida precautoria, pues la competencia de atribución es de orden público, y se impone a los propios jueces, quienes están atados por los limites de su competencia, tal y como se hace constar en la Sentencia del Tribunal Constitucional TC/078/2014, que expresó: “En ese orden, si bien es cierto que el legislador otorga a los jueces de amparo la posibilidad de adoptar medidas provisionales, no es menos cierto que estos, antes de tomar cualquier decisión, tienen que examinar el alcance y los límites competenciales que se les reservan”, son los argumentos del abogado.