El abogado constitucionalista y profesor universitario Cristóbal Rodríguez, afirmó este jueves que la constitución puede facultar al Estado dominicano, para imponer obligatoriedad de la vacuna contra la COVID-19, ya que estamos en una situación de gravedad absoluta en el país y en el mundo.
“Yo pienso que… a prima fase, que cualquier imposición obligatoria o disposición del Estado, debería ser una ultima opción, y pienso que lo ideal es que las políticas y las iniciativas de persuasión y de incentivo, deberían primar, pero estamos en una situación de gravedad absoluta en el país y en el mundo, y pienso que la constitución tiene disposiciones que faculta, si fuera necesario, al Gobierno de la República, para disponer la obligatoriedad y la imposición de sanciones a las personas que sean renuentes a cumplir con las directrices de vacunación contra la COVID-19”, dijo Rodríguez.
El experto en Derecho Constitucional, explicó que las autoridades sanitarias, dependientes directamente del poder ejecutivo, son las responsables de dictar las directrices, según la ley, de este tipo de medidas y de control de libertad de reuniones.
Dijo además, que la Constitución dominicana en su articulo 42 establece que ningún ciudadano puede ser sometido a procedimientos médicos sin su consentimiento, salvo que la vida podría estar en riesgo, como es el caso que estamos viviendo, donde no solo se ve afectada la salud de uno, sino de todo el pueblo y de todo el mundo.
Cristóbal Rodríguez, expresó durante una entrevista vía Zoom en el programa “El Día“, que entiende que son muy peligrosas las aglomeraciones cerradas, como discotecas, bares y restaurantes, que es algo que se ha visto mucho en los últimos meses.
Días atrás, Rodríguez dijo por medio de su cuenta de Twitter, que quienes se oponen a que se establezca con carácter obligatorio la vacuna contra el COVID-19 parte del supuesto de que disponen del derecho a la libertad de elección, están en un error, puesto que en términos jurídicos, la primera herramienta de convivencia en una sociedad democrática son los derechos y la segunda sus límites, por lo que la idea de que todo derecho tiene límites obedece a una cuestión sencilla de convivencia social.
El jurista explico que en la mayoría de las circunstancias, el ejercicio de los derechos de unos solo es posible si los demás encuentran límites al ejercicio de los suyos.