Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader dispuso a través del decreto 325-21, la veda en todo el territorio nacional para la captura de 13 especies animales.
Se trata de diferentes especies de loro, jabón, butú, cotorra, pepinos de mar, holoturias y anguila.
Cada una de estas vedas abarcará sus respectivos períodos de cada año, en concordancia con las vedas regionales adoptadas dentro del marco SICA-OSPESCA.
El período de veda de las especies de loro, jabón, butú y cotorra descritas en el recuadro es desde el primero de septiembre hasta el 31 de diciembre del presente año.
En el caso de las especies de los pepinos de mar y las holoturias la prohibición de su captura inicia el próximo primero de junio del presente año hasta el 30 de mayo de 2020.
En cuanto a la especie Anguillidae, anguila se establece que la restricción de su pesca fue desde el pasado primero de abril y culmina el 31 de octubre de 2021.
El poder Ejecutivo informó que solo será permitida la recolección de holoturias en una base anual de hasta 50 individuos por especie, para fines de estudio científico, previo sometimiento y aprobación por parte del CODOPESCA, de un proyecto que justifique tales colectas.
Además se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de carne o masa no declarada de cualquiera de las especies señaladas en el recuadro.
“Toda persona física o jurídica que tuviese en existencia ejemplares vivos en cautiverio o procesados de cualquiera de las especies indicada en el referido decreto, estará en la obligación de declarar la existencia en almacén o en centro de acopio al CODOPESCA dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del período deveda”, precisa el documento.
Al vencer este último plazo, cualquier existencia comprobada será considerada ilegal e incautada.