La Contraloría General de la República instauró el Sistema Nacional de Control Interno en las municipalidades y creó la estructura operativa para el recién designado Consejo Nacional de Control Interno.
Sistema Nacional de Control Interno en las municipalidades
El documento emitido por el contralor general de la República, Luis Rafael Delgado Sánchez, dispone el cambio de nombre del Departamento de Ayuntamiento de la Contraloría General de la República, el cual se denominará en lo adelante “Departamento de Control Interno de Municipalidades”.
Asimismo, ordena la adecuación y estructuración del mismo para la debida implementación de este sistema de control, según los requerimientos constitucionales.
Para los fines del establecimiento del Sistema de Control Interno en las municipalidades, la norma también dispone la instalación y formación del personal técnico para el uso del “Repositorio de Centralización de Información Financiera del Estado (CIFE)”; del Ministerio de Hacienda, para el registro de las informaciones presupuestarias del nivel municipal, con la finalidad de facilitar la elaboración de los informes presupuestarios y estados financieros para la rendición de cuentas y toma de decisiones de las autoridades y su publicación periódica.
Corresponderá a la Dirección de Auditoría Interna, por intermedio del Departamento Control Interno de Municipalidades, desarrollar e implementar un Programa de Inducción sobre el Sistema Nacional de Control Interno (SINACI), con el apoyo de la Dirección de Desarrollo Normativo de la Contraloría General de la República para la formación del personal directivo y supervisor de las municipalidades.
También se efectuará un levantamiento para determinar las características y condiciones de los ayuntamientos a los que se les aplicará el Sistema de Control Interno; se hará una clasificación de estos, utilizando como parámetro la asignación presupuestaria, la cantidad de munícipes, los ingresos por arbitrios y los resultados de la evaluación de la gestión de riesgos, para designar las adecuadas estructuras de las Unidades de Control Interno.
Estructura Operativa para el Consejo Nacional de Control Interno
La Contraloría General de la República (CGR) también dispuso la creación de la estructura operativa del recién juramentado Consejo Nacional de Control Interno, según lo consigna la Resolución No. IN-CGR-RES-2021-0001, emitida por el contralor general Luis Rafael Delgado Sánchez.
La misma establece que el referido Consejo deberá estar conformado por una Junta Consultiva y una Unidad Operativa, que estará presidida por el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Control Interno.
Esta normativa modifica el artículo cuarto de la Resolución 09-2020, de fecha 16 de noviembre de 2020, para que en lo adelante diga: “La Junta Consultiva del Consejo Nacional de Control Interno se reunirá cada (30) treinta días de manera ordinaria, y de manera extraordinaria, cuantas veces las circunstancias lo demanden por convocatoria del Contralor General de la República, en su condición de presidente del Consejo”.
La Unidad Operativa del Consejo Nacional de Control Interno, está Integrada por las siguientes direcciones de la Contraloría General de la República: a) Dirección de Desarrollo Normativo; b) Dirección de Auditoría Interna; c) Dirección de Auditorías Especiales; d) Dirección de Registro de Contratos; e) Dirección de Tecnología de la información; f) Dirección de Comunicaciones; g) Dirección de Revisión y Análisis y h) Dirección de las Unidades de Auditoría Interna.