SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) dispuso un nuevo horario laboral para el sector público y la reducción del 40 por ciento de los empleados en la asistencia a sus puestos de trabajo, como forma de reducir las posibilidades de propagación de Covid-19.
Así lo informó el licenciado Darío Castillo Lugo, titular del MAP, entidad que emitió la resolución número 0003-2021 que actualiza horarios y condiciones de trabajo en el sector público a consecuencia del estado de emergencia impuesto por la pandemia del Covid-19, medidas que se aplicarán desde el 11 al 26 de enero de este año 2021.
“Se establece que el horario laboral en el sector público será hasta las 3:00 p.m. y que se enviará al 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado a continuar sus labores desde el hogar, a través de los medios tecnológicos que permiten el teletrabajo”, especifica el artículo uno de la resolución.
Mientras que el artículo 2 establece que del 40% del personal que trabajará desde sus casas, se dará prioridad a quienes sobrepasan los 65 años de edad, a las embarazadas, a quienes padezcan de enfermedades calificadas de alto riesgo, sin importar la edad, como cáncer, enfermedad renal y diabetes mellitus tipo II.
También, a quienes padezcan de afecciones cardíacas graves, asma, personas inmunodeprimidas a causa de trasplante de médulas ósea o de órganos, VIH, el uso de corticoides o de otros medicamentos que debilitan el sistema inmunitario y de cualquier enfermedad que consideren las autoridades sanitarias.
El mismo artículo sostiene que ante la disminución temporal del personal que implica la aplicación de estas medidas, las autoridades de los entes y órganos públicos harán los movimientos internos necesarios de personal para garantizar los servicios a la ciudadanía.
Darío Castillo explicó que el MAP adoptó esta medida en vista de que el presidente Luís Abinader emitió el decreto 7-21 en el que establece el horario laboral y la reducción de la plantilla de empleados en un 40%, dispone que de lunes a viernes el toque de queda será desde la 5:00 p. m., hasta las 5:00 a. m., con tres horas de libre tránsito para llegar a sus casas a las 08:00 p. m.
Asimismo, que los sábados 16 y 23, así como los domingos 17 y 24 de enero de 2021, el toque de queda será desde la 12:00 del mediodía hasta las 5:00 a. m., con tres horas de libre tránsito para llegar a sus casas a las 03:00 p. m.
Reitera la obligatoriedad del uso de la mascarilla por parte de los servidores públicos en las oficinas e instalaciones de los entes y órganos públicos, como medida esencial para evitar la propagación de Covid-19, cuyo incumplimiento será sancionado con las medidas establecidas en la Ley General de Salud 42-01