Ya fueron anunciadas por el Ministerio de Trabajo las fechas en que serán celebrados los días feriados durante el año 2021, conforme a la Ley No. 139-97.
Se recuerda que la Ley dispone el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.
Para el 2021 estos días se aplicarán de la siguiente manera. El viernes 1ro. de enero (Año Nuevo) se mantiene, no se cambiará el día.
El día de los Santos Reyes con fecha miércoles 06 de enero, se trabajará y se adelanta para el lunes 4 de enero.
Jueves 21 de enero, correspondiente al Día de la Altagracia, no se cambia la fecha. En cambio, el martes 26 de enero, fecha que se conmemora el Natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se adelanta para el lunes 25 de enero.
Fechas sin variación
Estas son las fechas que serán inamovibles y celebradas en su mismo día.
El sábado 27 de febrero (Día de la Independencia), viernes 02 de abril (Viernes Santo), sábado 1ero. de mayo (Día del Trabajo), jueves 03 de junio (Día de Corpus Christi), lunes 16 de agosto (Día de la Restauración), viernes 24 de septiembre (Día de las Mercedes), sábado 06 de noviembre (Día de la Constitución) y sábado 25 de diciembre (Navidad).