DGSPC informa que privada de libertad Dhayana Reynoso Román recibió el alta médica

DGSPC informa que privada de libertad Dhayana Reynoso Román recibió el alta médica

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- La Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC) informó este viernes que fue dada de alta la privada de libertad Dhayana Reynoso Román, quien se encontraba ingresada en un centro de salud por padecer de cáncer de cérvix.

A través de un comunicado de prensa el sistema penitenciario reveló que el informe emitido por el departamento médico que coordina la galeno Gaurys Sisa, directora de salud de la DGSPC, indica que Reynoso evoluciona satisfactoriamente.

La privada de libertad Dhayana Reynoso Román, quien guarda prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Mujeres, de San Cristóbal, se encontraba hospitalizada desde el pasado lunes, en el Instituto Nacional Para el Cáncer Rosa Emilia Sánchez Pérez de Tavares (Incart), en donde es tratado su caso.

El parte médico explica que Reynoso Román se encuentra manejando signos vitales dentro de los parámetros normales, tras ser evaluada por  la ronda de especialistas y el equipo de oncología del referido centro de salud, quienes consideraron su egreso médico y manejo ambulatorio para la realización del tratamiento de quimioterapia y radioterapia, previa autorización de su seguro médico.

Reynoso Román fue trasladada este viernes a dicho centro penitenciario.

La DGSPC indicó que desde que se le detectó la enfermedad la interna penitenciaria ha recibido el tratamiento correspondiente. Precisó que el pasado 29 de noviembre, cuando comenzó a tener los síntomas, la privada de libertad fue llevada al hospital Juan Pablo Pina, de San Cristóbal, siendo evaluada y luego referida al Incart. Posteriormente, fue trasladada de emergencia el 30 de noviembre al Incart donde le fue realizada una biopsia y fue diagnosticada con el cáncer en diciembre pasado. Destacó que desde la detección de la enfermedad ha sido llevada a todas sus citas de control, cumpliendo con el protocolo de gestión de salud que establece la ley.

La Ley 113-21, que rige el sistema penitenciario nacional, en su artículo 4, sobre los derechos de las personas privadas de libertad, establece el derecho a la salud de los internos del sistema penitenciario.