PUERTO PLATA.– La Fiscalía de Puerto Plata solicitó al juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente la imposición de un año de prisión preventiva contra cuatro personas vinculadas a la sustracción de tarjetas en cajeros automáticos, mediante el truco denominado “el cambiazo”.
Los implicados de nacionalidad venezolana Magdiela Solís Rivas, Vanesa Pino Zambrano, Orlando José Sánchez Corillo y Carlos Alberto Milanés Duarte simulaban ayudar a los usuarios en las unidades de cajeros electrónicos, para intercambiar sus tarjetas y luego realizar transacciones fraudulentas.
En un comunicado de prensa, el Ministerio Público explicó que, para alcanzar el propósito de girar por los fondos, uno de los involucrados se colocaba previamente detrás de la víctima, simulando estar en turno, para captar el código secreto digitado.
El fiscalizador Warlyn Tavárez recolectó diferentes pruebas materiales, documentales y testimoniales, que espera sean tomadas en cuenta por el tribunal en la audiencia para el conocimiento de la medida de coerción, que fue fijada para este viernes.
De acuerdo con la instancia de solicitud de medida presentada por el Ministerio Público en Puerto Plata, los implicados lograron sustraer más de un millón de pesos de la cuenta de una de las víctimas, quien se enteró días después de las transacciones realizadas en diferentes establecimientos comerciales y hoteles del país que se habían hecho con su tarjeta.
La persona denunciante narró que fue abordada por uno de los integrantes del grupo, quien simuló ayudarle con el uso del cajero automático, con el ardid de que debía solicitar primero un balance de la cuenta.
Luego, tras manipular la tarjeta, le dijo que ya no podía volver a usarla porque se bloquearía, momento en el que ya había hecho el intercambio del plástico.
El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional de violación a los artículos 265, 266, 379 y 401 del Código Penal Dominicano, y los artículos 5, 6 y 14 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como también de violación a los artículos 2, numeral 11; 3, numerales 2, 3, 4 y 5; 9, numeral 1, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.
El órgano de justicia les atribuye incurrir en lavado de activos, robo, captación de códigos de acceso, acceso ilícito a sistemas electrónicos, así como la obtención de fondos por transferencias ilícitas a través del empleo de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones y el lavado de activo agravado y enriquecimiento ilícito proveniente de delitos electrónicos.