Depositan recurso de inconstitucionalidad contra Ley 57-96 de exoneraciones de vehículos a diputados y senadores

Depositan recurso de inconstitucionalidad contra Ley 57-96 de exoneraciones de vehículos a diputados y senadores

La Fundación Transparencia Total por la Democracia, TRATO, institución sin fines de lucro, depositó ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la ley 57-97 sobre exoneraciones a miembros del Poder Legislativo.

El presidente de TRATO, Lic. Bunel Ramírez Merán, junto a su abogado, Willians Francisco Hernández González, emprendieron la acción legal por la aprobación, promulgación, entrada en vigencia y aplicación de la Ley No. 57-96, deExoneraciones a Miembros del Poder Legislativo, tiene a bien interponer formalmente la presente Acción Directa de Inconstitucionalidaden contra del artículo 1 de la referida ley.

“La presente Acción Directa de Inconstitucionalidad es en contra del artículo 1 de la ley No. 57-96, de Exoneraciones Miembros del Poder Legislativo, que expresa lo siguiente: “Se modifica el Artículo 2 de la Ley 21-87, del 9 de marzo de 1987, que a su vez modificó el artículo 2 de la Ley 2, del 2 de octubre de 1978, y queda eliminado el párrafo del artículo primero de la Ley No.55-89 de fecha 16 de junio de 1989. Artículo 2.- Cada legislador importará libre de impuestos un vehículo de motor cada dos años, sin importar el tipo, marca, modelo, año, cilindraje, CIF, etc. El vehículo que importe estará exento de todo tipo de gravámenes e impuestos, recargos, multas, etc., así como también cualquier restricción o prohibición existentes”, argumentan mediante comunicado.

Solicitan que el TC declare regular y válida en cuanto a la forma, la presente Acción Directa de Inconstitucionalidad en contra del artículo 1 de la Ley No. 57-96, de Exoneraciones a Miembros del Poder Legislativo, por haberse hecho de conformidad con las normas y principios procesales que rigen la materia.

Asimismo, declarar que dicho texto legal escontrario a uno, varios o todos de los artículos39, 93, 138, 243, 244 ó 246 de la Constitución y nulo de pleno derecho y, en consecuencia, declarar la nulidad e ineficacia jurídica de los actos derivados de su aplicación.

También piden que el presente proceso sea declaró libre de costas.