Por: Carlos Salcedo
Abogado de José Hernández y Martha Lama, padres de la víctima
En total desconocimiento de lo dispuesto en los artículos 300 y siguientes del Código Procesal Penal, los magistrados Luz del Carmen Matos Díaz, jueza presidente, Luis Domingo Sención Araujo y Orquis S. Celado González, jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, rechazaron los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y los querellantes, víctimas y actores civiles, los señores Martha María Lama Robles y José Ernesto Hernández Jiménez, quienes actúan en nombre y representación de su hija menor, contra de la resolución penal núm. 0584-2020-SRES-0018 del 21 de octubre de 2020, mediante la cual el Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de San Cristóbal dictó auto de no ha lugar. Todo ello para beneficiar nueva vez a Aleycer Vivas Ortiz, sacerdote y director de la Escuela Parroquial Santa Rita, la Orden de Agustinos Recoletos, la Escuela Parroquial Santa Rita y la Arquidiócesis de Santo Domingo, estos tres últimos en su condición de terceros civilmente responsables.
Se trata de una decisión carente de fundamentos, lamentable, vergonzosa y bochornosa, con la que los jueces de dicha corte ignoraron y desnaturalizaron las fases del proceso penal, rechazando cada uno de los medios de los recurrentes con argumentos y motivaciones contradictorias y alejadas del derecho, con la clara intención de evadir la responsabilidad de impartir justicia. La decisión constituye, además, en sí misma una desnaturalización de lo que fue sometido a su consideración, pues se atribuyó a la resolución recurrida la profundidad de un juicio de fondo, cuando se trataba de una resolución de audiencia preliminar que, de haber sido evaluada seria y jurídicamente, hubiera dado como seguro resultado la revocación de la decisión de primer grado, enviando a juicio al sacerdote, para que evaluara su responsabilidad penal.
Los graves hechos de los que se acusa a fray Aleycer Vivas Ortiz, perteneciente a la Orden de Agustinos Recoletos, que cuentan con un soporte probatoria más que suficiente para presumir la responsabilidad penal del sacerdote, son de agresión sexual y abuso sexual y psicológico y están calificados como tales en los artículos 330 y 333 del Código Penal Dominicano y el artículo 396, literales A, B y C de la Ley núm. 136-03, Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, los cuales fueron cometidos en perjuicio de una menor de edad mientras estaba bajo el cuidado del imputado y de la Escuela Parroquial Santa Rita.
Es muy cuesta arriba, indignante e injusto notar cómo personalidades políticas de la ciudad de San Cristóbal han utilizado sus relaciones con las altas instancias del Poder Judicial para congraciarse con la Iglesia Católica y obtener su apoyo para alcanzar las aspiraciones de volver a ocupar cargos políticos en esa ciudad. Es motivo de reflexión que la Iglesia Católica que profesa verdad, justicia e imparcialidad, sea la misma que utiliza su poder social para influir – peor aún, manipular- las instituciones llamadas a cumplir estos roles, simplemente porque quien está en el banquillo de los acusados en esta ocasión es uno de ellos, sin detenerse a pensar, por un momento, el daño que se ha generado a toda una familia, y con ello, a la sociedad.
Los tribunales de San Cristóbal están siendo sumisos y complacientes, respondiendo a presiones de la Iglesia Católica, y con ello a intereses espurios, ajenos al fin de la justicia, la que sólo se debe a las víctimas, a los desprotegidos, a los que han sido afectados por las actuaciones lesivas de desaprensivos, aunque respetando los derechos de todas las partes. La decisión de la corte como la del juzgado de la instrucción carecen de todo fundamento y prolonga los abusos y agresiones sexuales contra menores realizados por sacerdotes católicos, al tiempo de constituirse en una burla al perdón que ha pedido el Papa Francisco por las agresiones sexuales que a lo largo de historia han sufrido menores a manos de sacerdotes católicos y una mofa a una sociedad que reclama sanciones drásticas contra estos agresores abusadores con sotana, que afectan la credibilidad de la iglesia católica, apostólica y romana y a tantos sacerdotes que realizan una auténtica e incuestionable laboral apostólica y humana. Las manzanas podridas no pueden dañar las buenas. Uno o varios sacerdotes pedófilos y pederastas no pueden seguir poniendo por el suelo la credibilidad de la Iglesia y no deberían encontrar el apoyo cómplice de jueces que desdicen de su labor de administrar justicia con imparcialidad e independencia, sin importar el poder que esté detrás de sus decisiones.
No descansaremos hasta que finalmente las víctimas de estos delitos obtengan la justicia que piden y merecen, por lo que mantendremos la firmeza en las persecuciones, en la seguridad de que la Cámara Penal de la Suprema de Justicia que conocerá del recurso de casación contra la cuestionada decisión de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal resistirá la altas y fuertes presiones que ha ejercido la iglesia para que los graves hechos de agresión sexual y abuso psicológico y sexual realizados por el sacerdote agustino fray Aleycer Vivas Ortiz contra una menor no queden en la impunidad y solo queden lesiones y daños severos e imborrables en las víctimas, sobre todo en los padres de la niña y en toda su familia.