Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader dispuso a través del decreto 325-21, la veda en todo el territorio nacional para la captura de 13 especies animales.
Se trata de diferentes especies de loro, jabón, butú, cotorra, pepinos de mar, holoturias y anguila.
Cada una de estas vedas abarcará sus respectivos períodos de cada año, en concordancia con las vedas regionales adoptadas dentro del marco SICA-OSPESCA.
El período de veda de las especies de loro, jabón, butú y cotorra descritas en el recuadro es desde el primero de septiembre hasta el 31 de diciembre del presente año.
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En el caso de las especies de los pepinos de mar y las holoturias la prohibición de su captura inicia el próximo primero de junio del presente año hasta el 30 de mayo de 2020.
En cuanto a la especie Anguillidae, anguila se establece que la restricción de su pesca fue desde el pasado primero de abril y culmina el 31 de octubre de 2021.
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El poder Ejecutivo informó que solo será permitida la recolección de holoturias en una base anual de hasta 50 individuos por especie, para fines de estudio científico, previo sometimiento y aprobación por parte del CODOPESCA, de un proyecto que justifique tales colectas.
Además se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de carne o masa no declarada de cualquiera de las especies señaladas en el recuadro.
“Toda persona física o jurídica que tuviese en existencia ejemplares vivos en cautiverio o procesados de cualquiera de las especies indicada en el referido decreto, estará en la obligación de declarar la existencia en almacén o en centro de acopio al CODOPESCA dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del período deveda”, precisa el documento.
Al vencer este último plazo, cualquier existencia comprobada será considerada ilegal e incautada.