El Poder Ejecutivo extendió este miércoles el estado de emergencia por 45 días más en el terrirotio nacional, a partir del 2 de marzo mediante el decreto núm. 265-20 para combatir la COVlD-19.
A través del estado de excepción, el Gobierno va a “disponer, en virtud de las recomendaciones de organismos internacionales especializados y expertos en la materia, restricciones proporcionales y temporales a las libertades de tránsito, asociación y reunión”.
“ARTÍCULO I. Se prorroga por un período de 45 días, a partir del 2 de marzo de 2021, el estado de emergencia declarado en el territorio nacional mediante el decreto núm. 265-20 para combatir la COVlD-19.
ARTÍCULO 2. Para combatir oportunamente la COVID-19 y salvaguardar la vida y salud de la población, en virtud de las autorizaciones otorgadas por el Congreso Nacional mediante las resoluciones núm. 70-20 y núm. 11-21, el Poder Ejecutivo procurará lo siguiente en el marco del estado de emergencia:
a) Disponer, en virtud de las recomendaciones de organismos internacionales especializados y expertos en la materia, restricciones proporcionales y temporales a las libertades de tránsito, asociación y reunión de acuerdo con lo dispuesto en los literales h) y j) del numeral 6 del artículo 266 de la Constitución y los numerales 8 y 10 del artículo 11 de la ley núm. 21-18, sobre regulación de los estados de excepción
contemplados por la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018, así como en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado.”