El dirigente político José Dantés Díaz reiteró que la sustitución del alcalde de La Vega debe realizarse conforme al artículo 64, párrafo II de la Ley 176-07, advirtiendo que cualquier otra forma sería ilegal e inconstitucional.
En sus declaraciones, Dantés Díaz explicó que la Constitución de 2010 eliminó la facultad que tenía el Poder Ejecutivo de llenar las vacantes en sindicaturas, facultad que estaba contemplada en el artículo 55.11 de la Constitución de 2002.
Dantés Díaz argumenta que el Párrafo I del artículo 64 de la Ley 176-07 es inconstitucional, ya que contradice el artículo 128.2, literal a), de la Constitución de 2010 y 2015.
Este artículo asigna al presidente la capacidad de nombrar funcionarios públicos cuya designación no corresponde a otro organismo estatal, mientras que el Párrafo II del artículo 64 de la Ley 176-07 otorga esa facultad al concejo municipal.
El proceso de sustitución, según Dantés Díaz, debe ser llevado a cabo por el concejo municipal, que designaría al secretario general u otro funcionario municipal en caso de ausencia del alcalde y el vicealcalde, quien asumiría las funciones con carácter provisional hasta la celebración de nuevas elecciones.
Por otro lado, fuentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM) revelaron que el actual diputado Agustín Burgos ha sido elegido por la Comisión Ejecutiva Nacional del PRM como candidato a la alcaldía de La Vega. La información fue suministrada por un alto dirigente del partido oficialista, quien prefirió mantener su identidad en reserva.
José Dantés concluyó que no permitirán que el gobierno del PRM continúe violando la Constitución y las leyes.