Santo Domingo – La Junta Central Electoral (JCE), a través de su Pleno, ha emitido nuevas instrucciones dirigidas a todas las Juntas Electorales, Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE) y Colegios Electorales.
La JCE ha dispuesto que todas las impugnaciones presentadas por las organizaciones políticas deben ser realizadas exclusivamente por los delegados/as acreditados en los colegios electorales.
Estas impugnaciones deben ser consignadas en el libro de Acta del Colegio, conocido como Formulario #4. Asimismo, una vez registradas, los delegados/as acreditados tendrán el derecho de tomar fotografías de las impugnaciones anotadas.
Una vez que las valijas de los colegios electorales sean recibidas en las Juntas Electorales y las OCLEE, los/as presidentes/as de estas últimas deberán instruir a los/as secretarios/as administrativos/as para extraer los sobres de seguridad que contienen las actas. Estas actas serán revisadas minuciosamente para verificar la existencia de impugnaciones.
En caso de encontrarse impugnaciones registradas, los miembros de las Juntas Electorales y las OCLEE procederán a evaluar la pertinencia y fundamentación de las mismas. Posteriormente, se estatuirá sobre el fundamento de dichas impugnaciones y se levantará un acta correspondiente, de la cual se entregará una copia a los delegados/as acreditados.
Exclusividad del Formulario #4
La JCE ha enfatizado que ningún otro procedimiento, formulario o trámite distinto al Formulario #4 será aceptado para el manejo de impugnaciones. Esta medida asegura que el proceso se realice de manera uniforme y bajo los estándares establecidos.
La Dirección Nacional de Elecciones, la Dirección del Voto Dominicano en el Exterior y la Dirección Nacional de Coordinación y Apoyo de Juntas Electorales están encargadas de difundir estas instrucciones a todas las Juntas Electorales, OCLEE y Colegios Electorales para garantizar su cumplimiento estricto.
Estas nuevas directrices de la JCE buscan asegurar un proceso electoral transparente y justo, brindando a las organizaciones políticas la confianza de que sus impugnaciones serán manejadas con la debida seriedad y conforme a las normativas vigentes.