El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la acción incoada por el jurista Namphi Rodríguez, quien interpuso una demanda en contra del sistema de votación correspondiente a enero del año 2020, previo al colapso de las elecciones municipales
La sentencia del TC sobre la inconstitucionalidad de los artículos sobre el voto electrónico se pronuncia tras una acción directa de inconstitucionalidad que interpo el jurista contra ese sistema de votación de dicho período.
El documento precisa, que en cuanto al fondo la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Rodríguez y, en consecuencia, declara la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 99, de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, así como la inconstitucionalidad y nulidad dada la conexidad, de los artículos 123, de la Ley núm. 15-19, y del párrafo del artículo 52 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.