Una entidad denominada Comité Gestor Electoral 2020, depositó este jueves en la Secretaría General de la Junta Central Electoral (JCE) dos acciones judiciales.
Según el Dr. Whenshy Wilkerson Medina Sánchez, quien habló en nombre de la entidad, sostuvo que dichas acciones demandan a la JCE que se indemnice a los candidatos de todos los partidos, que fueron perjudicados por la suspensión de las elecciones.
Afirman que, tras el fallido proceso de elecciones municipales del 16 de febrero, los partidos agotaron todos los recursos que para esos fines y de acuerdo a la ley recibieron del Estado vía la JCE.
Indicaron, además, que avanzarles las partidas restantes de la contribución del Estado a los partidos no soluciona ningún problema sino crea otro peor, dado que los partidos se encontrarán sin dinero para subvencionar su participación en la elección presidencial de mayo.
Afirman que no existe manera alguna de que los partidos suplan los costos que implica montar nueva vez las elecciones municipales, con todas sus consecuencias, a la vista de las próximas elecciones presidenciales y congresuales.
Los partidos asistentes se definieron en crisis debido a las disposiciones de la Junta Central Electoral, que pretende desconocer el daño causado a los candidatos por la suspensión de las elecciones, hecho del que los partidos no son responsables.
Asimismo, demandan a la Junta Central Electoral que acepte el voto por un regidor y un alcalde de partidos diferentes, en cumplimiento de la Sentencia TC/0375/19, de fecha 19-09-2019, que eliminó el arrastre.
En este sentido, quieren que la JCE autorice que sea válido el voto por el alcalde o director de un partido y por los regidores o vocales de otro, situación que actualmente genera boletas nulas en contra de lo que el intérprete constitucional ha decidido respecto del arrastre.
La entidad dijo que son muchos los candidatos que en razón de la forma de mal aplicar la metodología de elección de los candidatos a ocupar posiciones municipales para los comicios de febrero perderá votantes y electores, dada la metodología caudillista, esclava y condenatoria del arrastre partidario y de candidatos que quiere imponer la accionada Junta Central Electoral.
Sostuvieron que muchos votantes quieren votar por un alcalde o director, regidor o vocal de su preferencia, pero que no pueden hacerlo, viéndose obligados a votar por candidatos que no son sus preferidos, por quienes deben sufragar obligatoriamente.
Además, semejante imposición quebranta el art. 216 de nuestra Constitución ya que desvirtúa la pluridemocracia participativa en el sentido que cuando obliga a que el elector tenga que votar por un alcalde y que el Regidor sea de ese mismo Partido, pues estaría reduciendo las ofertas electorales que otros partidos pudieran hacer si libremente se le permitiera al votante intencional su voto hacia un candidato de su preferencia de otro partido.