El MPT solicita a la JCE revisar resolución que rechaza su reconocimiento

El MPT solicita a la JCE revisar resolución que rechaza su reconocimiento

El Movimiento Patria para Todos (MPT), solicitó este viernes a la Junta Central Electoral (JCE) revisar la Resolución No.22-2019 del 15 de octubre mediante la cual rechaza la solicitud de reconocimiento de esa organización política.

“La JCE debe revisar los argumentos esgrimidos en dicha resolución, pues deja de lado el cumplimiento con la presencia de comité organizado en los 158 municipios del país, haber entregado la documentación que establece la Ley 33-18 de Partidos, Organizaciones y Movimiento Políticos como es más de 90 mil firmas y haber verificado 40 mil de estas”, comentó Fulgencio Severino presidente de la entidad.

Afirma que la Ley 33-18 establece que para el reconocimiento los partidos deben hacer dicha solicitud con el depósito mediante declaración jurada de firmas por la cantidad equivalente al 2 % de las elecciones presidenciales anterior a dicha solicitud.

Explicó que el MPT cumplirá con ese 2 % y deposito 96 mil y la JCE valido 40 mil. Cuando se toma una muestra para hacer verificaciones hay que tener en cuenta los errores de la muestra que casi siempre son del orden 3-5% y en el informe de la JCE con el que avala la resolución establece que a nuestro partido le hizo falta 4.10 %, lo cual está en el marco de ese error, enfatizó Fulgencio Severino

No se debe rechazar un partido luego de verificar los datos aportados bajo el supuesto de no haber cumplido con un porcentaje que estableció la JCE en su reglamento posterior a la entrega de la documentación.

“Ponemos en dudas el informe de que no alcanzamos el 50 % como dispuso la JCE en el reglamento para verificar los documentos depositados por los partidos para su reconocimiento”, agrego.

Severino dijo que el problema principal de esta verificación es que la JCE no se auxilia de los partidos políticos y muchas personas cambian de dirección por lo que con cierta frecuencia los inspectores no localizan al utilizar las direcciones de la cedula de identidad y electoral.

Manifestó que el porcentaje de personas que viven en lugares diferentes al que tienen en la cedula de identidad es elevadísimo por lo que es negación de justicia establecer ese mecanismo de verificación para el reconocimiento, por lo que demandamos de JCE reconsiderar la resolución que niega el reconocimiento al MPT.

“A esa realidad de heterogeneidad entre la dirección real y la que dispone la cedula hay que agregar, que la propia Junta generó confusión en el reglamento sobre aprobación de reconocimiento al definir la firma”, concluyeron.