Pleno JCE aprueba Reglamento sobre Fusiones, Alianzas y Coaliciones

Pleno JCE aprueba Reglamento sobre Fusiones, Alianzas y Coaliciones

El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su presidente, magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó en su Sesión Administrativa  Extraordinaria No. 15/19 celebrada este martes 7 de mayo,  el “Reglamento Sobre Fusiones, Alianzas y Coaliciones” que fue sometido a consulta pública con los partidos para fines de opinión el día 12 de abril.

El Reglamento recoge 29 artículos y tiene por objeto establecer las disposiciones generales que habrán de seguir los partidos políticos al momento de presentar los pactos de fusiones, alianzas o coaliciones, que les son permitidos mediante la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; y la Ley No. 15-19 Orgánica del Régimen Electoral.

En tal sentido, en su artículo 3  establece la facultad que tienen los partidos políticos, así como también las definiciones sobre alianzas, coaliciones y fusiones, de conformidad con la Ley No. 15-19. El mismo indica que los partidos, una vez constituidos, pueden “fusionarse, aliarse o coaligarse, mediante el procedimiento establecido por la misma y el presente Reglamento”. Destaca también que son modalidades diferentes de vinculación de distintos partidos que deciden unir sus propósitos comunes.

Entre otras disposiciones y plazos, establece que corresponde a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos depositar ante la Junta Central Electoral, 15 días antes del inicio de la precampaña, es decir, el  día 22 de junio de 2019, la relación de puestos o cargos que serán reservados por las autoridades partidarias tanto para la administración del partido como para la concertación de pactos de alianzas o coaliciones, en un número que no podrá exceder el 20% de los cargos de elección popular.

En lo que respecta a “las elecciones municipales del tercer domingo de febrero, que contaremos a 16, los pactos de fusiones, alianzas o coaliciones correspondientes a las candidaturas de dicho nivel serán depositados ante la Junta Central Electoral, a más tardar 90 días antes de dichas elecciones, específicamente hasta las 12 de la noche del 18 de noviembre de 2019”.

Con relación a las elecciones presidenciales y congresionales del tercer domingo  de mayo de 2020, dicta en su artículo 5 que “el plazo de los 90 días cumplirá su término a la medianoche del día 17 de febrero del año 2020, momento a partir del cual no se recibirán más pactos de alianzas, coaliciones y fusiones”.

El recién aprobado Reglamento contempla igualmente las diferentes modalidades de acuerdos o pactos sobre fusiones, de alianzas o coaliciones, así como también destaca en su  artículo 25 que “los partidos políticos que no hayan suscrito pactos de fusión, alianza o coalición en los plazos establecidos por la Ley Electoral y el presente reglamento, no podrán presentar candidaturas comunes o proponer los mismos candidatos”.

La Sesión del Pleno de la JCE estuvo presidida por el magistrado Julio César Castaños Guzmán, con la participación de los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos por el secretario general de la JCE, Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.