El contralor general de la República, Luis Rafael Delgado Sánchez,
juramentó a los miembros del Consejo Nacional de Control Interno, creado mediante la Resolución 009-2020, de fecha 16 de noviembre de 2020.
En el acto afirmó que no es posible hablar de un sistema nacional de control interno de las finanzas públicas, sin que la institución que dirige defina y establezca la rectoría y supervisión del manejo económico en todas las entidades que reciben ingresos estatales.
Delgado Sánchez dijo que, conforme al mandato constitucional, legal y reglamentario, la Contraloría General de la República tiene la responsabilidad, en su calidad de rector del control interno, de aplicar los sistemas de controles en las instituciones especiales del Estado que gozan de independencia funcional (usando los mecanismos propios de estas entidades establecidos por sus leyes de creación), que aunque no están sujetas a la rectoría en materia de control, por la Contraloría, tienen que regirse por el SINACI, como son: el Banco Central de la República Dominicana; la Cámara de Cuentas; la Junta Central Electoral; las altas cortes, además de otras instituciones de su naturaleza.
El Contralor afirmó que la Contraloría tiene improntas impostergables que en lo inmediato deberá afrontar para llenar las expectativas de transparencia y combate a la corrupción de la población dominicana; dentro de las cuales se encuentran: la implementación de normas de controles, la práctica de auditorías permanentes y la regularización de autorizaciones de orden de pago a proveedores.
En el acto de juramentación estuvieron presentes, los ministros José Vicente, de Hacienta; Darío Castillo, de Administración y Personal; Carlos Pimentel, director de Contrataciones Públicas; Catalino Correa, Tesorero Nacional; José Ramón Holguín, Vice-Ministro de Monitoreo y Coordinación de la Presidencia; César Alcántara, Sub-Contralor General de la República, directores, encargados y otros funcionarios de la Contraloría General de la República.
Las primeras medidas del Consejo serán: establecer el Sistema Nacional de Control Interno en las alcaldías; en las corporaciones de derecho público, tales como las corporaciones de acueductos, los colegios de médicos, abogados, ingenieros y agrimensores, notarios; asimismo, en los patronatos, asociaciones sin fines de lucros, entre otras.
Este Consejo Nacional de Control Interno estará integrado por: a) El Contralor General de la República, quien lo presidirá; b) El director de Desarrollo Normativo, que fungirá como secretario ejecutivo; C) un representante rotativo de las direcciones de Auditoría Interna, Gubernamental o Especiales; el Director Legal y el Director de Tecnología de la información.