La Embajada de los Estados Unidos en República Dominicana compartió a través de sus redes sociales una guía actualizada sobre los requisitos que deben cumplir los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos fuera del territorio norteamericano para obtener la ciudadanía desde su nacimiento.
Según la información publicada, un niño nacido en el extranjero puede adquirir la ciudadanía estadounidense si al menos uno de sus padres es ciudadano de los Estados Unidos al momento del nacimiento y cumple con los requisitos de presencia física establecidos por la ley. En la mayoría de los casos, el padre o madre ciudadano debe demostrar que residió físicamente en Estados Unidos o en uno de sus territorios por un mínimo de cinco años, de los cuales por lo menos dos deben haber ocurrido después de los 14 años de edad, y antes del nacimiento del menor.
Para gestionar un pasaporte estadounidense o el Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), los solicitantes deben presentar los documentos originales durante la cita correspondiente. La embajada advierte que la falta de documentación puede generar retrasos o la necesidad de una nueva cita.
Asimismo, los oficiales consulares pueden solicitar evidencia adicional o incluso una prueba de ADN para verificar la relación familiar, de ser necesario. La institución recordó que, conforme a la ley, las tarifas aplicadas a los servicios de pasaporte y CRBA no son reembolsables.









