Santo Domingo.- El especialista en derecho penal Francisco Álvarez advirtió este miércoles sobre las contradicciones jurídicas que ya comienzan a surgir entre la recién promulgada Ley de Compras y Contrataciones (Ley 47-25) y el nuevo Código Penal dominicano (Ley 74-25), aprobado semanas después.
Según explicó Álvarez, durante un panel organizado por la Asociación de Compras y Suministros (ACS) el pasado 24 de julio, se había alertado que la incorporación innecesaria de tipos penales en la Ley de Compras generaría fricciones inevitables con el proyecto del Código Penal que, para entonces, aún no había sido promulgado.
“Esa advertencia ya es un hecho jurídico palpable, y más porque el Código Penal —como ley posterior— expresamente deroga o modifica las anteriores que le sean contrarias”, señaló el experto.
Álvarez citó varios ejemplos concretos donde las sanciones penales contenidas en la Ley 47-25 quedan desfasadas o en conflicto directo con lo que establece el nuevo Código Penal:
• Falsedad en declaraciones juradas: mientras la Ley de Compras impone una pena máxima de tres años de prisión (art. 233), el Código Penal (arts. 348-353) eleva ese castigo hasta 20 años, además de extender la responsabilidad a personas jurídicas.
• Violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones: castigada con dos a cinco años en la Ley de Compras (art. 234), entra en conflicto con el nuevo tipo penal de corrupción pública(arts. 284-285), que contempla penas de tres a veinte años, más multas proporcionales al monto involucrado.
• Interés indebido en contratos: el artículo 235 de la Ley 47-25 prevé sanciones menores en comparación con el artículo 306 del Código Penal, que impone cinco a diez años de prisióny multas de cuatro a diez veces el valor pagado.
• Propuesta o colusión entre oferentes: reguladas por los artículos 236-237 de la ley sectorial, contrastan con el artículo 287 del Código Penal, que tipifica como delitos la coalición de funcionarios y actos intimidatorios, sancionados con penas de hasta diez años de prisión.
Para Álvarez, esta superposición normativa representa un serio riesgo de caos interpretativo en uno de los ámbitos más sensibles del Estado: las compras y contrataciones públicas.
“En materia legislativa, los apresuramientos suelen traducirse en problemas como estos, que ahora demandan reformas urgentes para evitar contradicciones que dificulten la aplicación de justicia”, enfatizó.
El especialista llamó a las autoridades legislativas y al poder Ejecutivo a revisar y armonizar ambas normativas, para evitar que estas inconsistencias obstaculicen investigaciones, procesos judiciales y sanciones por corrupción.









