Las investigaciones del Ministerio Público determinaron que los hermanos Espaillat López realizaban una operación comercial negligente en el Jet Set que ponía en riesgo a cientos de vida.
Los fiscales imputan que durante años el Jet Set Club “operó con una sistemática y grave negligencia en el mantenimiento y adecuación estructural de sus instalaciones, poniendo en riesgo la vida de sus clientes y empleados”.
Ambos imputados además, inobservaron de manera deliberada las normativas de construcción y uso de suelo. Como principales gestores, permitieron y gestionaron la realización de importantes remodelaciones, adecuaciones y ampliaciones en la estructura del Jet Set Club “sin obtener los permisos requeridos ni realizar las evaluaciones estructurales necesarias por parte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) o la Alcaldía del Distrito Nacional”.
Estas remodelaciones incluyeron la instalación de un escenario, sistemas de iluminación, bares, y zonas VIP, “demostrando una inobservancia total por las leyes de construcción y seguridad”, añaden los fiscales.
Los imputados alteraron de manera significativa la estructura de la discoteca sin supervisión técnica. “La discoteca, originalmente un cine, sufrió un cambio de uso que implicó una adaptación estructural inadecuada”, indican los fiscales.
“Posteriormente, se eliminó una columna clave en la estructura, afectando significativamente la estabilidad del techo, sin ninguna evaluación profesional o permiso que respaldara dicha modificación, evidenciando una conducta de alto riesgo”, señalan.
Además, que los responsables del Jet Set cargaron el techo de la discoteca de manera excesiva y progresiva, con múltiples elementos de gran peso, como casetas técnicas, ductos, unidades de climatización de gran volumen (incluyendo seis aires acondicionados de 15 y 20 toneladas cada uno) y tinacos de agua. Todo esto, “sin realizar ningún estudio que garantizara la capacidad de la estructura para soportar dicho peso”.
Los imputados apelaron a soluciones paliativas inadecuadas solo en interés de ahorrar recursos y siempre tuvieron conocimiento pleno de los problemas del techo. Antonio Espaillat y Maribel Espaillat tuvieron conocimiento directo y constante de los graves problemas que presentaba el techo, “a través de reportes visuales (fotos y videos) y comunicaciones de sus propios empleados. A pesar de estas advertencias explícitas sobre la caída de escombros y el peligro inminente, optaron por ignorarlas”.
Los fiscales establecieron que los ejecutivos de la discoteca subordinaron la seguridad de empleados y clientes a la operación comercial.
“La imputada Maribel Espaillat, con conocimiento de un incidente de caída de escombros horas antes del desplome y ante la petición de suspender la actividad, se negó a hacerlo, alegando la ausencia del imputado Antonio Espaillat López y la imposibilidad de detener la fiesta, priorizando el beneficio económico sobre la seguridad y la vida de las personas”, dicen.
“La cadena de acciones y omisiones de los imputados, incluyendo la falta de permisos, las modificaciones estructurales sin base técnica, la sobrecarga del techo, las ´reparaciones´ deficientes y la desatención a las advertencias de peligro, demuestra un patrón sistemático de irresponsabilidad y negligencia que causó 235 muertes y más de 180 heridos”, señala el Ministerio Público.
Indica que los peritajes técnicos han confirmado hallazgos críticos como la ausencia de una columna esencial, el anclaje deficiente de vigas y la ausencia de muros de mampostería de soporte, que validan las fallas estructurales directamente atribuibles a las acciones y omisiones de la gestión de la discoteca.
El Ministerio Público plantea que recabó evidencias contundentes que demuestran que los hechos del pasado 8 de abril “eran totalmente evitables si los imputados hubiesen actuado conforme a derecho y si hubiesen valorado la vida por encima del dinero”.
Además, que los imputados intimidaron a testigos del proceso “con el objetivo de evitar que aportaran pruebas del proceso que comprometen su responsabilidad penal”.