Condenan a exdiputada y exdirector de Migración de Santiago por lavado de activos vinculados al narcotráfico

Condenan a exdiputada y exdirector de Migración de Santiago por lavado de activos vinculados al narcotráfico

Un tribunal judicial dictó condenas de entre 8 y 20 años de prisión contra siete personas implicadas en una red de lavado de activos provenientes del narcotráfico, desmantelada durante la denominada Operación FM.

Entre los condenados figuran la exdiputada Gladis Sofía Azcona de la Cruz y el exdirector de Migración de Santiago, Ramluis Mejía Azcona, quienes recibieron penas de ocho años de prisión y una multa equivalente a 100 salarios mínimos cada uno. Ambos cumplirán sus condenas en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo.

El tribunal, presidido por el magistrado Juan Pablo Ortiz Peguero e integrado por los jueces José Leonel Asencio Quezada y Nelcy X. Ortega, emitió el fallo tras comprobarse la responsabilidad penal de los acusados en violaciones a las leyes dominicanas sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Condenas impuestas:

  • Juan Gabriel Pérez Tejada: 20 años de prisión y multa de 400 salarios mínimos.
  • Juan Isidro Pérez De la Rosa: 15 años de prisión.
  • Rolando Miguel Reyes Javier: 12 años de prisión y multa de 300 salarios mínimos.
  • Anabel Altagracia Sánchez Santana y Dyna Madison Noguera Polanco: 10 años de prisión y multa de 200 salarios mínimos cada una.
  • Gladis Sofía Azcona de la Cruz y Ramluis Mejía Azcona: 8 años de prisión y multa de 100 salarios mínimos.

Además, el tribunal ordenó el decomiso de los bienes y activos incautados a los condenados a favor del Estado dominicano y su inhabilitación para operar en el sistema financiero nacional.

Como parte de las medidas accesorias, también se dispuso la disolución de las empresas Getaway Property Investment y Azcona Tours SRL, utilizadas como fachada para el blanqueo de capitales ilícitos.

El tribunal encontró a los acusados culpables de violar múltiples disposiciones de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos, la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y, en el caso de Pérez Tejada, artículos de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas y Municiones.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo 20 de mayo, a las 9:00 de la mañana, en el mismo tribunal.