A través de su cuenta de X, el dirigente político del partido Fuerza del Pueblo, Javier Ubiera propone una serie de aspectos “que deben de ser regulados sobre las candidaturas independientes”, a propósito del plazo de la Junta Central Electoral (JCE) que venció a las 4:00 PM de hoy para los partidos emitir su opinión sobre estos aspectos, luego de la sentencia 788-24 del Tribunal Constitucional.
Según Ubiera, “es necesario una nueva configuración normativa para las candidaturas independientes compatible con la sentencia 788-24 y los preceptos constitucionales, teniendo presente los principios de razonabilidad, favorabilidad e igualdad, teniendo en cuenta los fines esenciales de los partidos políticos y agrupaciones, establecidos en el Art. 216 de la Constitución”.
Recomendaciones integras de Javier Ubiera
Es necesario una regulación sobre los siguientes aspectos:
-Definir y regular las agrupaciones cívicas o sociales creadas por la sentencia TC-0788-24, así como establecer la responsabilidad de sus directivos y órganos de gestión, determinando el alcance de su participación en las elecciones.
-Determinar los mecanismos de financiamiento disponibles para estas agrupaciones, así como un régimen de fiscalización sobre sus gastos.
-Establecer la no inscripción de candidaturas independientes para quienes hayan aspirado en contiendas internas en partidos, evitando un descontrol en la inscripción de candidaturas que pueda afectar el desarrollo del proceso electoral.
-Establecer el procedimiento y los plazos para la inscripción ante la JCE, estableciendo requisitos claros para la postulación de candidaturas independientes en cada nivel de elección a través de las agrupaciones, incluyendo el respaldo ciudadano mínimo necesario para su legitimación y las reglas de sustitución antes y después de los comicios.
-Regular la propaganda electoral de estas agrupaciones y de sus candidatos independientes.
-Definir el diseño de la boleta electoral, incluyendo la ubicación y numeración de los candidatos independientes, entre otros aspectos.
-Determinar el número máximo de candidaturas independientes por demarcación y nivel de elección, así como el mecanismo de solución en caso de que se presenten más aspirantes de los permitidos.
-Regular la propaganda electoral de estas agrupaciones y de sus candidatos independientes.
-Determinar un método efectivo para el conteo de votos y la asignación de escaños para las candidaturas independientes, así como los mecanismos para cuotas.
-Definir el formato, la cantidad y los requisitos de acreditación de los delegados de estas agrupaciones y sus candidatos ante la JCE y los colegios electorales.
-Determinar un sistema para la resolución de conflictos contenciosos relacionados con las candidaturas independientes.
Los partidos ya tiene todos y otros aspectos más regulados, y así debe de ser para los candidatos independientes.