El director ejecutivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), doctor Fausto López Solís, llamó a los trabajadores extranjeros con estatus migratorio regularizado que prestan servicios en el país a exigir a sus empleadores que les inscriban al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
El incumbente recordó que todo empleado se expone a la ocurrencia de accidentes de índole laboral o alguna enfermedad profesional. “Sin embargo, si no le han inscrito al SDSS no podrá hacer el reporte de estos incidentes y, en consecuencia, no recibirá los beneficios y cobertura que ofrece este Seguro”, aclaró.
En una comunicación de prensa, López Solís detalló que para acceder a estas facilidades es primordial que dichas personas se regularicen ante el Ministerio de Migración y/o el de Interior y Policía. “Una vez obtenido el carnet de trabajadores temporales, su empleador podrá inscribirles en la Tesorería de la Seguridad Social y empezarán a cotizar”, agregó.
Dijo que, de este modo, podrán reportar cualquier evento laboral y, en caso de ser calificado, tendrán cobertura ante accidentes de trabajo, en trayecto o enfermedad profesional.
Sobre el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), el director del IDOPPRIL precisó que este cubre toda lesión corporal o estado mórbido durante el tiempo y el lugar de trabajo. Además, accidentes a consecuencia de tareas encomendadas por el empleador, aún distintas a la profesión u ocupación del colaborador.
Igualmente, los accidentes en actos de salvamentos, cuando tengan conexión con el trabajo, así como accidentes de tránsito y en trayecto, dentro de la ruta y horario laborales establecidos. El SRL también cubre las enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el servicio que se realiza.
El funcionario añadió que las personas beneficiarias del SRL son las afiliadas al mismo y sus dependientes. Aquí hizo referencia a su cónyuge o compañero/a de vida durante los tres años anteriores a su inscripción. De igual modo, los hijos del afiliado menores de 21 años que sean estudiantes. También, vástagos discapacitados, independientemente de su edad, pero que dependan del afiliado que hubiere fallecido.
“Las prestaciones en especie son: atenciones médicas, quirúrgicas, hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y de rehabilitación, prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos y su reparación que resulte necesaria a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedades profesionales”, puntualizó López Solís.
En cuanto a las prestaciones en dinero, dijo que entregan subsidio por discapacidad, indemnización, pensión y gastos fúnebres.
“Para recibir estos beneficios, los trabajadores extranjeros regularizados deben tener activo su Número de Seguridad Social (NSS)”, señaló el funcionario al agregar que se trata de un indicador de que están afiliados a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
“En caso de pensión por sobrevivencia, sus documentos definitivos, emitido por el Ministerio de Interior y Policía, en el marco del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, deben estar vigentes”, afirmó el director ejecutivo del IDOPPRIL.
Estos servicios deben ser solicitados o tramitados a través de las oficinas que el IDOPPRIL tiene diseminadas por todo el territorio nacional.