Mediante la Sentencia número 0030-04-2024-SSEN-00791, El TSA acogió la acción elevada por más de cien fiscales, representados por el abogado Cirilo de Jesús Guzmán, quien también es exprocurador fiscal, declarando Nula y sin ninguna consecuencia jurídica la Resolución No. CSMP/004/2023, de fecha 14/04/2023, dictada por el Consejo Superior del Ministerio Público, por ser violatoria a la Constitución a la Ley 133-11 Orgánica del Ministerio Público, y a la Ley no. 107-13.
La resolución No. CSMP/004/2023, de fecha 14 de abril de 2023, dictada por el Consejo Superior Del Ministerio Publico pretendía someter a los miembros del ministerio público a concursos obligatorios, sin ser observadas las reglas de escalafón y debido proceso.
Aunque había sido ordenado anteriormente por la sentencia número 030-02-2021-SSEN-00476, que dictamina la implementación del escalafón, el Consejo Superior del Ministerio Publio, no ha cumplió con tales disposiciones, de cuya falta no se le debe deducir consecuencias a los miembros de carrera del Ministerio Publico, que cumplen con los requisitos para ser ascendidos, sin necesidad de concurso.
El TSA en su sentencia0030-04-2024-SSEN-00791 , luego de una valoración de las pruebas, los argumentos y conclusiones formales de las partes, constató que las partes recurridas, Consejo Superior del Ministerio Público, La Dirección General de Carrera del Ministerio Público, y La Procuraduría General De La República al emitir la Resolución núm. CSMP/004/2023, de fecha 14 de abril de 2023, dictada por el Consejo Superior del Ministerio Publico, no ha dado cumpliendo a los parámetros establecidos por el legislador en el artículo 31 de la Ley núm. 107-13, pues si bien argumentan que han notificado a los miembros del Ministerio Público, cada una de las propuestas presentadas al Consejo Superior del Ministerio Público referentes al escalafón y los ascensos verticales dentro de dicho sistema de carrera especializada, para que cada miembro interesado revisara y formulara sus observaciones, sin embargo no ha aportado a esta Tercera Sala las pruebas que puedan dar constancia del cumplimiento de la normativa citada, lo que imposibilita constatar que ciertamente fueron realizadas las convocatorias y se cumplieron con los requerimientos para la emisión del reglamento, razón por la cual se acogió la acción de los fiscales accionantes.
La Sentencia número 0030-04-2024-SSEN-00791, emitida el 15 de noviembre de 2024, es emitida en momentos en que los miembros del ministerio público lanzan llamados a paros en sus labores por el reconocimiento de sus derechos.