La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) ha declarado la nulidad de pleno derecho del Acta de Adjudicación S/N, emitida el 4 de julio de 2023, en el marco del procedimiento por comparación de precios Núm. INESPRE-CCC-CP-2023-0004. Este procedimiento, llevado a cabo por el Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), tenía como objetivo la “Adquisición de Bolsas Plásticas (Fundas Tipo T-Shirt)”, y estaba dirigido exclusivamente a MIPYMES y MIPYMES Mujeres.
Luego de un exhaustivo proceso de revisión, la DGCP determinó que el INESPRE se apartó de los criterios establecidos para la evaluación de las ofertas económicas y la adjudicación, tal como estaban previstos en el pliego de condiciones. Esta desviación de los criterios transgredió el principio de estricta sujeción a la norma, resultando en una actuación discrecional, lo cual es inaceptable bajo las normativas vigentes.
Conforme al artículo 14 de la Ley Núm. 107-13 y los artículos 68 y 69 del Reglamento de Aplicación (Decreto Núm. 543-12), se ha dictaminado la nulidad del procedimiento. Por lo tanto, si al momento de la notificación de esta resolución, las obligaciones contractuales derivadas de este procedimiento están en ejecución, deberán ser detenidas de inmediato, ya que se encuentran al margen de la ley.
En caso de que el objeto contractual aún subsista, la institución contratante deberá revaluar las ofertas económicas de los oferentes calificados en un plazo no mayor a 30 días calendario, a partir de la fecha de notificación de esta resolución. Si el contrato ya ha sido consumado o ejecutado, la revaluación no será posible. En este caso, el INESPRE deberá notificar a la DGCP en un plazo máximo de 5 días hábiles, proporcionando un informe detallado que explique las razones por las cuales no es posible retroceder el procedimiento a la etapa de evaluación de ofertas económicas, así como el estado actual del contrato.