Al depositar una Ofrenda Floral ante el Altar de la Patria en honor a los héroes y mártires de la guerra de la Restauración de la República iniciada el 16 de agosto de 1863, los combatientes de abril de 1965, señalaron este jueves que algunos hechos que en estos momentos impactan de manera positiva o negativamente el escenario político de la Republica Dominicana, entre los cuales citaron la reforma a la Constitución y el caso de la sentencia a los últimos implicados de ODEBRECHT.
Para los constitucionalistas el caso positivo lo representa el sometimiento de la reforma a la Constitución que someterá el Presidente Luis Abinader en la toma de posesión de su nuevo mandato, con motivo del 161 aniversario de la Restauración de la República, en la cual se estableceran los limites juridicos al poder politico, y el caso negativo recae sobre la cuestionable sentencia absolutoria que emitiera recientemente la Suprema Corte de Justicia, para favorecer a los acusados Victor Díaz Rùa y Ángel Rodón.
Al referirse a la reforma de la Constitución que someterà el Presidente de la República mañana 16 de agosto, a 161 años del Grito de Capotillo, día del inicio de la Restauración de la República, la cual tiene entre sus finalidades principales detener el caudillismo y el mesianismo político tradicional en la República Dominicana, además de contribuir a mejorar la calidad de la democracia, conforme al mandato del art. 75 de la Carta Magna, esta constituye uno de los mejores homenajes que esta sociedad puede rendirle a los héroes y mártires de aquella gesta gloriosa, iniciada bajo el mando del General Santiago Rodriguez.
Señalaron, que esta reforma constitucional No.40, viene a robustecer la supremacia de la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado, como muy bien lo establece su art. 6. Y que, de igual manera, tiene la finalidad, entre otras cosas, de que se le dé cumplimiento a los principios de eficacia, jerarquia, objetividad, igualdad, transparencia, economia, publicidad y coordinación que establece su art. 138, asi y el numeral 3 del art. 216, el cual señala taxativamente, que los fines de los partidos políticos son: “Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana”.