San Francisco de Macorís – Mons. Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, Obispo de San Francisco de Macorís, emitió un Decreto Episcopal que establece la prohibición para todos los sacerdotes, diáconos y animadores de asamblea de la diócesis de participar en procesos judiciales mediante la emisión de cartas de recomendación, testimonios u otros documentos similares. Este decreto, promulgado el 7 de agosto de 2024, tiene como objetivo preservar la imparcialidad y la integridad del ministerio eclesiástico en asuntos civiles y penales.
El decreto, titulado “Prohibición General para el Clero en Procesos Judiciales”, surge de la necesidad de garantizar que los ministros de la Iglesia mantengan su papel como pastores y guías espirituales, evitando cualquier apariencia de influencia indebida en el ámbito de la justicia secular. Mons. de la Cruz Baldera destacó que la intervención del clero en estos procesos podría comprometer la percepción pública de la imparcialidad de la Iglesia, lo que podría dañar su testimonio ético y moral.
La prohibición abarca la emisión de cartas de recomendación para personas involucradas en litigios civiles, cartas de carácter en procedimientos penales, y cualquier declaración escrita solicitada por abogados defensores o fiscales. El decreto deja claro que no se permitirán excepciones en ninguna circunstancia y advierte que el incumplimiento de estas disposiciones resultará en medidas disciplinarias según el derecho canónico.
Para asegurar que esta normativa sea conocida y respetada, el decreto será comunicado oficialmente a todos los miembros del clero de la diócesis y se publicará en la página web oficial de la diócesis.
Con esta medida, Mons. Ramón Alfredo de la Cruz Baldera refuerza el compromiso de la Iglesia de San Francisco de Macorís con la transparencia y la imparcialidad, alejándose de cualquier acción que pudiera interpretarse como una influencia indebida en los procesos judiciales.