Santo Domingo, D.N. El consejo de defensa del ex Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez presentó el video en el cual el Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, presidido por el Juez Amauri Martínez, confirmó que todos los bienes del mismo aparentan tener un origen lícito producto de la actividad profesional y hoja de vida previa a a su función de Procurador y desmintió de forma categórica la nota de prensa emitida con odio y venganza, por la Procuraduría General de la República, en la cual señalan que “los bienes del mismo no fueron devueltos por la posibilidad de que estos sean decomisados en un juicio de fondo”.
Adjuntamos a esta declaración el video que desmiente y contradice lo expresado hoy por la Procuraduría y demuestra que no es una teoría de la defensa, sino las palabras textuales del Juez en las cuales evidencia que absolutamente todos los bienes del exprocurador Jean Alain Rodríguez tienen un aparente origen lícito, justificando el Tribunal su decisión, primero, por todas las pruebas depositadas por la defensa que demuestran el origen lícito de los pagos; segundo, porque las fechas de adquisición son previas a su designación como Procurador y; tercero, porque un perito judicial comprobó el origen lícito de estas adquisiciones y bienes.
El Tribunal fue muy claro, y contrario a las mentiras de la Procuraduría, como lo pueden ver y escuchar todos en el video de la audiencia, sin espacio a dudas, se comprobó que, para referirnos a los bienes selectivos citados hoy por la Procuraduría para causar morbo, la residencia familiar en la provincia de la Romana fue pagada con la venta de un apartamento adquirido en el año 2006 y se debe la mitad, que la embarcación fue adquirida con la venta de un apartamento adquirido en el año 2014 antes de ocupar la función de Procurador y que el local de la oficina de abogados que han denominado como “lujoso” fue adquirido con un préstamo a través del Banco Central en esta misma gestión y que este préstamo aún se debe casi por completo, destacando el Tribunal que tanto estos bienes, como el resto de los bienes que tienen hasta más de 20 años de ser adquiridos, son producto de una exitosa carrera profesional y hoja de vida previa al ejercicio de las funciones públicas tal cual dicho por el Juez, expresaron el Dr. Carlos Balcácer y los licenciados Gustavo Biaggi y Nelys Rivas.
Los juristas también señalaron que en una audiencia preliminar, aun contrario al ordenamiento jurídico, lamentablemente es poco usual que se realicen devoluciones de bienes y que con la confirmación de Juez de algo tan evidente con tantas pruebas, tal cual lo señalada el Juez, esta devolución debe ser realizada en el juicio de fondo luego de una evaluación “holística” o más completa.