COMTEC alerta sobre limitaciones en el acceso a servicios de telecomunicaciones en Ciudad Juan Bosch

COMTEC alerta sobre limitaciones en el acceso a servicios de telecomunicaciones en Ciudad Juan Bosch

La Asociación de Empresas de Comunicación y Tecnología, Inc. (COMTEC), a través de una comunicación dirigida al Ministro de la Presidencia y al Presidente del Consejo Directivo del INDOTEL, ha puesto en conocimiento una preocupante situación que afecta a los residentes del Proyecto Ciudad Juan Bosch, ubicado en la Provincia Santo Domingo Este de la República Dominicana.

En la correspondencia fechada el 5 de julio de 2023, COMTEC destaca la imposibilidad de desplegar las redes e infraestructuras necesarias para brindar servicios de telecomunicaciones, particularmente el acceso a Internet. Esta limitación plantea un desafío significativo en el ejercicio del derecho de los residentes a beneficiarse de servicios de telecomunicaciones adecuados y confiables.

COMTEC y sus empresas miembros, reconocen la visión y compromiso del Estado Dominicano en las condiciones de la planificación y construcción de la Ciudad Juan Bosch con el objeto de que dicho proyecto habitacional sea un modelo de ciudad inteligente, desarrollado y administrado en observación de las mejores prácticas en materia de residenciales multiviviendas en condición de copropiedad; estableciendo reglas de uso eficiente de las áreas comunes que garanticen mejores calidad de vida de los residentes, mediante la reducción del impacto visual generado por el tendido de las facilidades necesarias para la prestación de servicios básicos, tales como energía eléctrica y telecomunicaciones.

En este contexto, las empresas miembros de COMTEC han desplegado las facilidades necesarias para la prestación de sus servicios de telecomunicaciones en los primeros bloques de edificios de Ciudad Juan Bosch. Sin embargo, el despliegue de las redes e infraestructuras necesarias para dar acceso a los servicios de telecomunicaciones a los residentes de los edificios de más reciente construcción no ha sido posible ante la negativa del acceso al proyecto a las prestadoras y las empresas de infraestructuras por parte de las autoridades gubernamentales responsables de la administración del proyecto habitacional; lo que ha conllevado que la demanda de servicios de telecomunicaciones, especialmente el Internet de banda ancha con la calidad y continuidad requerida por los residentes del lugar, quede desatendida o cubierta por la intervención de un incipiente grupo de revendedores ilegales de dicho servicio.

Para la mejor edificación de las autoridades, compartimos copias simples de comunicaciones remitidas por residentes de bloque El Sembrador V de Ciudad Juan Bosch de fecha 16 de febrero de 2023, realizando solicitudes formales a la alta gerencia de las prestadoras para que instalen las facilidades de fibra óptica a 752 hogares del complejo habitacional; luego de agotar los procedimientos ordinarios de solicitud de servicios por los canales comerciales.

Lamentablemente han sido infructuosas las gestiones realizadas por las concesionarias para la prestación de servicios de telecomunicaciones y las empresas de infraestructura de telecomunicaciones ante el Fideicomiso Público para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo (FVBC RD), para tener acceso al proyecto habitacional y realizar los despliegues de redes de telecomunicaciones para atender el reclamo de los residentes, sin que exista una limitación de carácter legal que justifique dicha negativa como

expresa el oficio de ese Ministerio de la Presidencia de fecha 5 de mayo de 2023, que da respuesta a la solicitud de información del residente de El Sembrador V, señor José Gregorio Olivero Labort que procuró la base legal que fundamenta la negativa de acceso a las prestadoras de servicios de telecomunicaciones, práctica que califica como violatoria de derechos fundamentales de los residentes de El Sembrador V, ubicado en Ciudad Juan Bosch; lo anterior, sin perjuicio de los derechos acceso a las telecomunicaciones y a la libre contratación de servicios que establece la Ley General de Telecomunicaciones Núm. 153-98.

En este orden de ideas, COMTEC hizo referencia a una preocupante consecuencia de la negativa de la Gerencia del Fideicomiso Público para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo (FVBC RD), al despliegue de las redes de las concesionarias para la prestación de servicios de telecomunicaciones en Ciudad Juan Bosch: la proliferación de la reventa de servicios de Internet por parte de terceros carentes de los títulos habilitantes o inscripciones en los registros especiales del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones que resultan procedentes.

En un recorrido por las inmediaciones de Ciudad Juan Bosch, se puede tener a la vista la presencia de elementos de transmisión de telecomunicaciones que no son propiedad de las prestadoras habilitadas legalmente para la prestación de servicios; así como, la oferta de planes de Internet por diversas empresas que operan públicamente con puntos comerciales dentro del proyecto mediante volantes y perifoneo, entre ellas: Dragon Network, Star Comunicaciones y Difo Technology.

En este sentido, ante el cuestionamiento sobre la legalidad de las actividades de dichas empresas, mediante oficio de la Dirección Ejecutiva del INDOTEL de fecha 15 de mayo de 2023, ese órgano regulador expresó que “conformidad con los registros que reposan en los archivos de este órgano regulador, las indicadas entidades no cuentan con ninguna autorización que les habilite a la prestación o reventa de servicios de telecomunicaciones, motivo por el cual hemos impartido las instrucciones a fin de que la Dirección de Fiscalización proceda a realizar las verificaciones correspondientes y sean adoptadas las medidas correctivas de lugar”.

La relevancia de la relación de hechos previa y la referencia a la documentación relevante que los validan, procuraban colocar al Ministerio de la Presidencia en la mejor condición de evaluar la situación denunciada y definir las acciones correctivas necesarias para eliminar la afectación del derecho de Libre Contratación de los Usuarios residentes en Ciudad Juan Bosch; y de manera complementaria, por la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, Núm. 358-05.

Todo lo anterior, sin restar importancia a la afectación de las condiciones de competencia efectiva, eficiencia operativa y seguridad jurídica del sector de las telecomunicaciones; resultante de las operaciones de revendedores de Internet que operan en franca violación de las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones Núm. 153-98, las cuales comportan los elementos de prácticas ilegales graves y muy graves, que afectan la integridad de las redes de las concesionarias por el uso no autorizado de los servicios contratados y violentan los derechos de los usuarios concernientes a recibir servicios de calidad.

b) Situación de Licitación de la Venta de Lotes para la Implementación de la Infraestructura Requerida para el Habilitamiento de los Servicios de Acceso de Telecomunicaciones en el Proyecto Ciudad Juan Bosch

En fecha 24 de junio de 2022, el Fideicomiso VBC RD publicó la Convocatoria para Presentación de Manifestación de Interés para la Venta de Lotes para la Implementación de la Infraestructura Requerida

para Habilitamiento de los Servicios de Acceso de Telecomunicaciones en el Proyecto Ciudad Juan Bosch, Provincia Santo Domingo Este, R. D. registrada como Proc. Ref. VBCRD-CCC-MI-TC-2022-1.

COMTEC luego de conocer los términos y condiciones de la referida convocatoria de manifestación de interés publicada por el Fideicomiso VBC RD presentó mediante instancia dirigida al Ministro de la Presidencia, al Viceministro de Proyectos de Inversión del Ministerio de la Presidencia y Encargado de la Unidad de Gerencia del Fideicomiso Público para la Construcción de Viviendas de Bajo Costo República Dominicana (FVBC RD) y al Presidente del Consejo Directivo del INDOTEL de fecha 11 de julio de 2022; sus observaciones y recomendaciones sobre el referido proceso para solicitar la revisión y adecuación del objeto, alcance y las especificaciones técnicas de la Convocatoria con el propósito de evitar la afectación del ejercicio de libre contratación de los usuarios residentes en el proyecto habitacional Ciudad Juan Bosch y el impacto negativo a la seguridad jurídica y condiciones de competencia efectiva en que opera todos los actores del sector de las telecomunicaciones.

El documento publicado por el Fideicomiso VBC RD para hacer conocer los términos del proceso concursal concerniente a la infraestructura necesaria para el acceso de los servicios de telecomunicaciones en el proyecto habitacional Ciudad Juan Bosch, presentaba una grave inconsistencia en el objeto declarado del mismo y las prestaciones que se pretenden contratar con el eventual adjudicatario del proceso. Aunque el aviso público y el objeto de la Convocatoria denomina hacían referencia a “la Venta de Lotes”; las especificaciones técnicas y requisitos legales del proceso establecen que la convocatoria estaba dirigida además de las empresas de infraestructura a “empresas con experiencia en la provisión de servicios de telecomunicaciones para proporcionar los servicios indicados por parte de proveedores autorizados de servicios finales; requiriendo la presentación de la licencia autorizada por el INDOTEL para brindar el servicio, en caso de el interesado sea proveedor de servicio final.

Lo anterior, implicaba que el Fideicomiso VBC RD no solamente estaba licitando la venta de los lotes o espacios definidos en el Proyecto Ciudad Juan Bosch para la instalación y construcción de las facilidades necesarias para el acceso de las redes de telecomunicaciones en dicho complejo habitacional con el propósito que el adquiriente ejecute las obras civiles pertinentes para construir y gestionar las infraestructuras pasivas requeridas para la conexión alámbrica e inalámbrica, en observación de los lineamientos de planeación del dicho proyecto; sino, que también era objeto de licitación la prestación de los servicios finales de telecomunicaciones a los que tendrían acceso los usuarios finales o residentes del referido Proyecto.

De ahí, que la ejecución de la eventual licitación en los términos consignados en dicho documento implicaría la violación de los derechos fundamentales libre contratación y elección de los residentes del proyecto Ciudad Juan Bosch protegidos por la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, Núm. 358-05, la Ley General de las Telecomunicaciones Núm. 153-98, el Reglamento sobre los Derechos y Obligaciones de los Usuarios y Prestadoras de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y el Reglamento General del Servicio Telefónico.

Por otra parte, la revisión de las especificaciones de la Convocatoria deja en manifiesto que la infraestructura a ser construida en “los lotes” del Proyecto de Ciudad Juan Bosch se corresponde con las definiciones de Infraestructura Pasiva y/o Facilidades Conexas; y que por otra parte, el Adjudicatario de la eventual licitación podría configurarse en un Proveedor de Infraestructura Pasiva o Titular de Infraestructura con obligación de establecer Reserva Declarada. Lo anterior, en ausencia de la referencia normativa a la Ley General de Telecomunicaciones, el Reglamento General de Compartición de

Infraestructuras Pasivas y Facilidades Conexas de Telecomunicaciones, el Reglamento sobre la Instalación y Uso de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones en Inmuebles de Copropiedad, sentaba las condiciones para la incidencia de prácticas restrictivas de la competencia y vulnera el derecho de elección de los usuarios residentes en el proyecto habitacional de la especie.

En consideración de todos los argumentos legales planteados, COMTEC presentó al Fideicomiso VBC RD el requerimiento formal de revisión y adecuación de la Convocatoria para Presentación de Manifestación de Interés para la Venta de Lotes para la Implementación de la Infraestructura Requerida para Habilitamiento de los Servicios de Acceso de Telecomunicaciones en el Proyecto Ciudad Juan Bosch al marco legal aplicable para garantizar el derecho de libre elección y contratación de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y el de preservar las condiciones de seguridad jurídica y competencia efectiva en que opera el sector de las telecomunicaciones de la República Dominicana.

De manera complementaria, COMTEC también planteó al Fideicomiso VBC RD que en aplicación del Artículo 75 del Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y en reconocimiento de la complejidad del objeto de la Convocatoria, en su calidad entidad contratante, realice en un plazo previo a la convocatoria de la eventual licitación, un llamado a todos los interesados con el objeto de obtener información acerca de las características de los bienes a adquirir o servicios y obras a ejecutar, a los fines de que la confección de las especificaciones técnicas y el Pliego de Condiciones Específicas se encuentren adecuados al marco legal aplicable, y de manera, al marco regulatorio especial del sector de las telecomunicaciones de la República Dominicana.

Como respuesta a la instancia, fuimos convocados a reunión con el Viceministro responsable del Fideicomiso FVBC RD y su equipo técnico para socializar los argumentos legales de la instancia. Posteriormente fue suspendida la Convocatoria.