Abogado Enmanuel Acosta: TSA no podía dictar una sentencia que desconociera alcance del artículo 51 de la Ley 80-23

Abogado Enmanuel Acosta: TSA no podía dictar una sentencia que desconociera alcance del artículo 51 de la Ley 80-23

El abogado, Enmanuel Acosta, señaló este lunes que el Tribunal Superior Administrativo no podía dictar una sentencia que desconociera el sentido y alcance del artículo 51 de la Ley núm. 80-23 que aprueba el Presupuesto General del Estado 2024.

Explicó en su cuenta de X (antes Twitter), que “la costumbre repetida a lo largo de la historia democrática vinculada con la asignación de fondos para los partidos políticos, ha sido que el monto presupuestado para los años electorales es el doble de lo adjudicado para los años no electorales. Es por esta razón, que el monto para el 2024 asciende a RD$2,520,800,000 dado que el monto asignado para el 2023 fue de RD$1,260,400,000”.

No obstante a lo anterior, escribió que el monto presupuestado para el año 2024 estaba supuesto a ser entregado proporcionalmente durante el año, desde el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Presupuesto, desde las cuales, Jochi Vicente y José Rijo Presbot dieron la instrucción para que el total de fondos consignados en el presupuesto del año fuese liberado a la Junta Central Electoral, para la entrega inmediata a todos los partidos políticos.