La directora-fundadora del Museo Memorial de la República Dominicana, Luisa De Peña Díaz, consideró como un gran triunfo para la democracia la sentencia emanada por el Tribunal Constitucional que rechaza el recurso de inconstitucionalidad incoado contra la Ley 5880 y que buscaba que la legislación fuera declarada inconstitucional.
De Peña Díaz entiende que la sentencia marca un precedente para evitar que se vulneren los derechos de las víctimas de la tiranía de Rafael Leonidas Trujillo y fortalece el trabajo de las instituciones que, como el Museo Memorial, luchan porque las heridas que sufrieron los dominicanos durante ese episodio no se sigan abriendo.
“Sin dudas, ha sido un gran logro para la democracia dominicana, evidenciando que las víctimas de Trujillo tienen quienes saquen la cara por ellos y que 62 años después las heridas están ahí y no se borrarán”, dijo la museóloga.
La sentencia, marcada con el número 0712/23, establece que exaltar, alabar o elogiar a un dictador ofende y atenta contra el honor y dignidad de las víctimas y de la memoria histórica y colectiva del pueblo dominicano.
“Como no hay vulneración a la libertad de expresión cuando entra en colisión con el derecho al honor y dignidad de las víctimas y la memoria histórica y colectiva del pueblo, por las mismas razones, tampoco se configura la vulneración al derecho de igualdad, por lo que se rechaza este medio”, indica la instancia votada emanada por el Constitucional.
La Corte entiende que ciertamente cada pueblo o nación, y en el caso de República Dominicana, tiene su historia, constituida por períodos dignos de emular y recordar devotamente, pero también épocas funestas, sombrías y horrendas que no se deben olvidar, no solo para que no se repitan, sino porque cada Estado debe preservar la verdad de los acontecimientos pasados, haciéndolas parte de la memoria histórica y colectiva del pueblo dominicano.
“Esta memoria debe preservarse y salvaguardarse como un derecho fundamental, y la misma se vería sensiblemente herida, ofendida y vilipendiada si se permitiese la exaltación y alabanzas del tirano Rafael Leónidas Trujillo Molina y su régimen de horror, toda vez que consistiría en una negación de la historia y de la verdad, y una vulneración al derecho a la dignidad y al honor, no solo de las víctimas, sino de cada dominicano que sufrió y padeció de alguna forma u otra, de la privación de sus derechos fundamentales y vejámenes de todo tipo”, reza uno de los párrafos de la sentencia en respuesta a dos recursos por separados incoados por los accionantes Ruddys Antonio Mejía Tineo, así por los señores Ángel Polanco Sánchez, Danys Solís Valdez, Nora Elizabeth de los Santos y César Augusto Arias.
La Ley 5880 establece penas sobre las alabanzas y elogios al régimen de Trujillo y prohíbe todo acto que consignen estos elementos.