La Fuerza Nacional Progresista (FNP) recurrió en reconsideración ante el Ministerio de Educación en contra la Circular VSTP No.620-2023 emitida por el Ministerio de Educación, por medio de la cual se ordena a los directores regionales y distritales de educación propiciar la masiva inscripción de estudiantes en todas las escuelas públicas, aún si no tienen acta de nacimiento y aún sean extranjeros indocumentados ilegales, por considerar esta medida es abiertamente inconstitucional e ilegal, por lo que debe ser retractada.
La FNP se refieren en su recurso, entre otros argumentos, al alegato usado por el Ministerio de Educación extraído en una expresión del párrafo II del artículo 45 de la Ley 136-03 del 15 de Julio de 2003, denominado “Código de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes” , que no sólo es abiertamente contraria a decenas de artículos de esa mismas ley, y no podía jamás usarse como pretexto, sino que fue ya claramente derogado, en lo que le es contrario, por los Artículos 68,72, 85 y 94, entre muchos otros, de la Ley 4-23, Orgánica de Actos de Estado Civil, del 29 enero de este año 2023.
Esta ley hace absolutamente obligatorio para el Estado y los progenitores de todo niño, niña o adolescente dominicanos, no sólo la declaración de su nacimiento sino su registro en el Registro Civil para que conste y se expida su correspondiente acta de nacimiento y, con relación a los niños extranjeros, sólo si están legalmente en el país, su registro en el libro de extranjería.
Sostiene la FNP que estos requisitos legales obligatorios le otorgan al niño, niña o adolescente dominicanos, de su Numero Único de Identidad que es el instrumento que les provee de sus más esenciales derechos fundamentales como lo son (incluso, antes del de la educación) el de conocer oficialmente su fecha y lugar de nacimiento, para saber su edad, su nacionalidad, su identidad, su nombre, sus apellidos y quiénes son sus padres, y su filiación legal con éstos y toda su familia. En cuanto a los extranjeros que estén legalmente en el país, la obligatoria inscripción del nacimiento de sus hijos se realiza en el Libro de Extranjería, que le permite mantener la legalidad de su permanencia.
Sostiene la organización política en su recurso, que el Ministerio de Educación pretender violar flagrantemente esos y otros artículos de esa y otras leyes y de la Constitución, procediendo al registro escolar de niños, niñas y adolescentes, inventándose, o permitiéndole a las personas que los lleven, que les inventen una edad, identidad, nombre, nacionalidad, apellidos y filiación del menor y que ésto se ha estado propiciando, principalmente, al ceder ante laborantismo de poderosos grupos de presión, nacionales y extranjeros, que tienen como objetivo que las escuelas públicas sean abarrotadas de decenas de miles de estudiantes haitianos indocumentados, que se encuentran ilegalmente en el país en violación de la Constitución y la Ley 285-04 sobre Migración, y hasta son especial y planificadamente traídos a tales ilegales fines, en forma cada vez más masiva, ante la implosión y el caótico colapso inducido del vecino estado de Haití que ha desplazado o dejado sin escuelas, según se reporta, a más de 500,000 estudiantes de ese país.
La FNP ha puesto a disposición del público el texto integro del recurso en se encuentra, en formato PDF, https://lapreguntard.wordpress.com/2023/08/26/version-pdf-del-recurso-de-reconsideracion-incoado-por-la-fuerza-nacional-progresista-fnp-contra-resolucion-minerd-que-ordena-la-inscripcion-de-los-estudiantes-en-todas-las-escuelas-publicas-aun-si/ en el cual se refieren todos los textos legales y constitucionales que esta instrucción viola y por lo cual el Ministerio de Educación está en la obligación de retractarla y actuar, urgentemente, con respeto y consonancia con las mismas.