La audiencia fue aplazada para el 31 de agosto próximo a los fines de notificar a varios querellantes que no fueron citados a la vista de hoy
La jueza de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional rechazó variar la medida coerción de prisión preventiva a prisión domiciliaria al abogado Johnny Portorreal Reyes, acusado por el Ministerio Público de estafar a 283 personas de apellido Rosario a las que prometió recuperarles una supuesta herencia de 13 trillones de euros que tenían depositada en un banco en el extranjero por un pariente lejano de apellido Rosario, lo que nunca cumplió.
La decisión de la magistrada Clara Luz Almonte se produjo luego de acoger un pedimento de los fiscales litigantes Magaly Sánchez, Rafael Reyes y Laura Vargas, quienes advirtieron la probabilidad de que el acusado en caso de permanecer en libertad o prisión domiciliaria, vaya a sustraerse a la acción de la justicia, evitando ser juzgado, estableciendo, además, que hasta el momento no han variado los presupuestos que permitan variar la prisión por una medida menos gravosa.
Previo al rechazo de la solicitud de variación de la medida de coerción, la jueza intentó conocer, por tercera ocasión, el juicio que se le sigue a Johnny Portorreal Reyes y a otras tres personas implicadas en la estafa millonaria, pero la audiencia fue aplazada para el 31 de agosto próximo a los fines de conocer dos incidentes y notificar a varios querellantes que no fueron citados a la vista de hoy.
La acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional, establece que el abogado Johnny Portorreal, Miguelina Gómez Santana, Miguel D´Oleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, se asociaron para estafar con 16 millones de pesos a cientos de personas de apellido Rosario, a quienes cobraron altas sumas de dinero, que van desde 15 mil hasta 24 mil pesos por persona, con la promesa de hacer las diligencias del supuesto cobro de una presunta herencia millonaria.
El Ministerio Público otorgó al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, que tipifican los delitos de asociación de malhechores y la estafa, así como los artículos 2, 6 y 9 de la Ley 155-2017 sobre Lavado de Activos.
El caso
Se recuerda que el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Raymundo Mejía, dictó el 26 de septiembre del 2022 apertura a juicio contra el grupo de presuntos estafadores, acogiendo la solicitud del Ministerio Público, que presentó un expediente con más de 600 pruebas testimoniales y documentales que comprometen la responsabilidad penal de Portorreal Reyes y compartes.
La acusación del Ministerio Público establece que el grupo de procesados solicitaba altas sumas de dinero a las víctimas de apellido Rosario, alegando tener la información falsa de que el dinero de la supuesta herencia había sido transferido al Banco Central y posteriormente al Banco de Reservas, desde el Banco Santander, de España, y el Banco Zurich, de Suiza.
Asimismo, los investigadores presentaron evidencias con las que sustentaron la acusación, de que los encartados aseguraban a sus víctimas que los montos que requerían serían cobrados a través de la empresa “La Central del Derecho LPR, SRL”, a los fines de realizar trámites para su registro como herederos de sus familiares antepasados fallecidos, señores Celedonio Rosario y María del Rosario.
Añade el documento que el pago de los estafados consistía en desembolsos que eran entregados a Gómez Santana y Portorreal, a quienes les cedían el derecho de un poder cuota litis, con el que se acordaba el pago de los honorarios, utilizados en una entidad bancaria al momento de retirar los fondos que iban a ser presuntamente depositados.
En tanto que Miguel D´Oleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, eran las personas que se reunían con la intención de captar a los supuestos herederos de la familia Rosario, reclamando el dinero para financiarles sus viajes o las diligencias en Europa, donde estarían las sedes de los supuestos bancos internacionales donde aseguraban estaba depositada la presunta herencia millonaria.