Presentan primer informe de observación electoral de cara a elecciones del 2024
Santo Domingo. – El movimiento cívico no partidista, Participación Ciudadana (PC), informó este jueves que dio inicio a la observación electoral número doce en sus treinta años dedicados a los temas electorales.
“Los trabajos de observación electoral de Participación Ciudadana constituyen un esfuerzo dirigido al fortalecimiento de la democracia a través de las diversas actividades realizadas por nuestro equipo técnico y voluntarios, y de los reportes periódicos que sobre el proceso electoral generamos”, sostuvo la coordinadora de Participación Ciudadana, Nora Elizabeth Sánchez Padilla.
Asimismo, dijo que la observación procura vigilar la actuación de todos los actores que intervienen en el proceso electoral que incluyen la precampaña, la selección de los candidatos, la campaña electoral y el día de las elecciones municipales del 18 de febrero y las presidenciales y congresuales del 19 de mayo, así como la observación post electoral, la actividad del Tribunal Superior Electoral y la puesta en marcha de los procesos de mejora del régimen electoral basado en las experiencias dejadas por las últimas elecciones.
“Nuestro país aspira a un perfeccionamiento de las prácticas electorales y con ello nuestra democracia, avanzando en la prevención y castigo de prácticas dolosas, desde el uso del presupuesto y demás recursos públicos”, expresó.
Sánchez Padilla, dijo que “De igual manera la actuación de las autoridades, la Junta Central Electoral, el Tribunal Superior Electoral y la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de Crímenes y Delitos Electorales, hasta los participantes en las elecciones, aspirantes, precandidatos, candidatos, partidos, agrupaciones y movimientos políticos y ciudadanía en general”.
Informó que Nuestro plan de observación incluye el monitoreo del cumplimiento de las disposiciones contenidas en las leyes, resoluciones y reglamentos que norman el ámbito electoral, dándole seguimiento además al Calendario de Actividades Administrativas y Plazos Legales elaborado por la Junta Central Electoral para las elecciones del año próximo.
Los días de elecciones, tanto municipales como congresuales y presidenciales, nuestros voluntarios realizarán una observación cualitativa, para verificar que la logística electoral funcione como ha sido prevista por el máximo órgano electoral.
En este primer informe, enfatizamos algunos aspectos previos al inicio de la precampaña que, aunque transitoriamente superados en este momento, deben quedar registradas para poder darle un tratamiento diferente en futuras elecciones. También resaltamos algunos puntos que son objeto central de nuestra observación.
La precampaña y campaña a destiempo.
La Junta Central Electoral acaba de dictar la proclama dejando abierta la precampaña a partir del 2 de julio pasado, que termina con la selección de los candidatos/as en octubre, como manda la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos en su artículo 41.
Sin embargo, la mayoría de los partidos políticos iniciaron sus actividades de precampaña antes de dicha fecha, violando las disposiciones del artículo 179 de la Ley de Régimen Electoral que dispone que “no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral fuera del período electoral definido por esta ley, con excepción de lo dispuesto por la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos con relación a las precampañas”.
Esta violación a las leyes que rigen la materia se hizo a pesar de la drástica sanción contenida en el artículo 78, ordinal 8 “, de la ley de partidos políticos, cuando establece que “los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura” y dispone que corresponderá a la Junta Central Electoral hacer cumplir esta disposición.
Lamentamos profundamente que en este aspecto la Junta Central Electoral fallara nuevamente en impedir la campaña a destiempo, al no procurar la aplicación del régimen de consecuencias a los que violaron las claras disposiciones legales sobre el tema, apoderando para su aplicación al Tribunal Superior Electoral.