Georgetown.- Los Gobiernos de la República Cooperativa de Guyana y la República Dominicana, a través del Memorando de Entendimiento (“MoU”) acuerdan establecer un marco para facilitar y mejorar la cooperación bilateral en el sector de hidrocarburos de los dos países sobre la base de la igualdad y el beneficio mutuo.
Este acuerdo se produce con la visita del jefe de Estado a la República Dominicana, Luis Abinader a la República Cooperativa de Guyana, lugar donde por primera vez se abre la sede de la Embajada Dominicana en el país suramericano que tiene un embajador asignado de manera permanente lo que representa un paso para el fortalecimiento de las relaciones diplomáticas entre ambas naciones establecidas desde 1970.
Te puede interesar: VIDEO | Presidente Abinader junto a comitiva oficial y empresarial camino a Guyana
Alcance de la Cooperación
República Dominicana y Guyana cooperarán a lo largo de la cadena de valor del sector y servicios de hidrocarburos. La cooperación, entre otras cosas, puede incluir la promoción de inversiones en los países de cada uno, la transferencia de tecnología, la investigación y el desarrollo y el desarrollo de capacidades de los recursos humanos.
Sujeto al memorándum, las áreas de cooperación entre las Partes pueden incluir, entre otras, las siguientes:
- Establecer el comercio y la cooperación bilateral en productos derivados del petróleo.
- Participación de empresas de la República Dominicana en el desarrollo competitivo del sector de Exploración y Producción (E&P) en Guyana;
- Establecer la cooperación en productos derivados del petróleo en Guyana en las áreas de interés mutuo, más específicamente, la República Dominicana apoyando la inversión para el financiamiento y construcción de una refinería de crudo, y también aquellas relacionadas con la extracción de productos derivados del petróleo refinados aguas abajo.
- Colaboración en el sector del gas natural;
- Otras áreas que puedan ser acordadas por las Partes;
Modalidades de Cooperación
La cooperación se implementará a través de actividades y programas de conformidad con las leyes y reglamentos de ambos países:
(a) Intercambio de información sobre las experiencias y perspectivas relacionadas con el desarrollo y análisis del sector de hidrocarburos;
(b) Intercambio de información sobre las medidas fiscales y aduaneras, así como sobre modelos de inversión y marcos regulatorios necesarios para el establecimiento de la refinería;
(c) Intercambiar información de conformidad con las leyes y reglamentos que rigen el negocio de productos derivados del petróleo;
(d) Organización de seminarios, talleres y otras reuniones sobre temas relevantes que promuevan la cooperación energética;
(e) Cualesquiera otras actividades acordadas por ambas Partes con posterioridad a la firma del Entendimiento.
Diálogo Institucional
Para la discusión sobre las áreas de cooperación y la implementación de los puntos de acción, las RD y Guyana establecerán un Grupo de Trabajo Conjunto (JWG) compuesto por representantes de ambas naciones dentro de los tres meses posteriores a la firma.
El JWG se reunirá al menos una vez al año en fechas determinadas de común acuerdo. Cada nación cubrirá únicamente sus gastos relacionados con su participación en las reuniones del JWG.
El acuerdo estable que fomentarán la cooperación dentro de las áreas mencionadas en el presente y podrán hacerlo a través de asociaciones, empresas conjuntas, proyectos de inversión o cualquier otro medio adecuado, incluida la cooperación conjunta con empresas petroquímicas internacionales o importantes de terceros, para su beneficio mutuo.
Este acuerdo de cooperación entra en vigor a partir de la firma, permanecerá durante tres años y se renovará automáticamente cada quinquenio a menos que cualquiera de las naciones notifique por escrito a la otra parte con tres meses de anticipación su intención de rescindir este MOU.