VIDEO | Abogados de Adán Cáceres denuncian que el terrorismo judicial del MP no tiene límites

VIDEO | Abogados de Adán Cáceres denuncian que el terrorismo judicial del MP no tiene límites

Santo Domingo, República Dominicana.- El terrorismo judicial del Ministerio Público no tiene límites, no respeta la ley, no se atiene a los principios jurídicos, denunció este día los profesionales del derecho que forman parte de la defensa técnica del mayor general Adán Cáceres.

Los abogados expusieron este día ante los comunicadores que les abordaron  en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva  que escudándose tras el título de “perseguir la corrupción”, a lo largo del proceso penal seguido contra sus defendido , el Ministerio Público se ha permitido cometer violaciones peores que las que dice perseguir.

“En esta ocasión, ocultó al imputado y a su defensa técnica, la existencia de una querella y de una acusación presentadas en su contra por una entidad particular denominada Fundación Alfredo Nobel, Inc.; la primera depositada hace más de un año y medio y la segunda hace cinco meses; las cuales decidió atender en intimidad con la judicatura, negándole al imputado el derecho de siquiera referirse a las quejas depositadas en su contra”, explicaron los abogados Cristian Martínez, Romel Jiménez y Francisco Álvarez.

Denuncian que la acusación recién descubierta por la defensa técnica de Cáceres fue objeto de discusiones y decisiones jurisdiccionales en las que naturalmente ni el acusado, ni sus abogados participaron.  

“El ocultamiento de dichas actuaciones imposibilitó al acusado referirse a la procedencia o no de esta nueva acusación, a pesar de estar dirigida especialmente en su contra”, hacen saber los abogados.

Abundando sobre este aspecto de la denuncia los juristas revelaron a la prensa que el asunto denunciado agotó dos grados de jurisdicción y fue enviado al tribunal de origen, antes de que el imputado supiera accidentalmente de su existencia, profundizando el estado de indefensión que desde el principio se propusieron generar.

“Dos grados de jurisdicciones recorrieron el Ministerio Publico y la justicia, a espaldas del imputado, para acabar adulterando la ya corrompida acusación, cuyos mecanismos de formación y promoción, la Jueza Germán criticaba ferozmente, pero, ahora, la Procuradora Germán apoya sumándose al estado de rebeldía que, “En nombre de la Justicia”, celebran los aduladores de estos procesos corruptos cuya finalidad nunca coincidirá con un verdadero hacer de justicia”, aducen.

Los abogados del mayor general  Adán Cáceres al hacer un balance final de sus denuncia afirman que las víctimas mortales de este indecoroso proceder del llamado órgano persecutor, fueron los derechos constitucionales a un debido proceso, a una tutela judicial efectiva, el derecho a la defensa, el derecho a ser escuchado en un plazo razonable por un juez competente y el derecho del imputado a ser informado en detalle del hecho que se le atribuye.  

¡Que siga la fiesta!, concluyeron.

La barra de defensa de Adán Cáceres dirigó una carta a la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Yanibet Rivas:

Ciudadana Juez:

  1. A la fecha, el ciudadano Adán Cáceres, no obstante todas las situaciones ocurridas y “permitidas” en el presente caso, ha realizado todos los esfuerzos posibles para defenderse de la carga acusatoria que se ventila en su contra ante este Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional;
  2. En base a una acusación presentada sin las más mínimas cautelas exigidas por el legislador, desde el 4 de mayo de 2022, mediante notificaciones y formas impuestas e inconsistentes con la normativa vigente, a duras penas y en este estadio de atropello, jurídicamente escuálido, el ciudadano Adán Cáceres ha puesto en marcha las muy disminuidas facultades de defensa que ha rasgado en los tiempos y con las formas con las cuales ha tenido que convivir y pernoctar;
  3. En esa realidad, a la fecha, el ciudadano Adán Cáceres definió su línea de defensa incluyendo la presentación de incidentes en procura de obtener los correctivos de ley a una labor desmesurada, arbitraria e ilegal puesta en marcha por el MP en la fase primera de este proceso, quien sin guardar formas, y sin el más mínimo rubor, se ha declarado rebelde a la ley y a sus obligaciones constitucionales en procura de instaurar, sin importar los cadáveres que deje en su camino, un sistema de terror y dictadura judicial;
  4. En ese contexto, el ciudadano Adán Cáceres ha asumido una línea técnica y material definida dentro de todo este desastre en los diferentes aspectos, paradas y momentos que han sido objeto de controversia en el caso que se procesa ante este tribunal. En base a su línea de defensa, ha impugnado decisiones, ha realizado solicitudes de resolución de peticiones, algunas de las cuales han sido aceptadas y otras no, ha solicitado peritajes, ha procurado juramentación de peritos, ha presentado incidentes frente a los querellantes que dicen representar al Estado Dominicano, ha asumido una posición definida y clara con respecto a la solicitud de fusión del MP en correspondencia con su línea de acción. El ciudadano Adán Cáceres ha objetado líneas discursivas del MP y de algunas partes, ha depositado pruebas a descargo y ajustado sus medios al devenir del desarrollo del proceso. En fin, el ciudadano Adán Cáceres ha virado sus cartas sobre la mesa pensando que las reglas del juego también lo estaban. A la fecha, sólo queda plantear oralmente las consecuencias que se subsumen de esas medidas que por cuestiones de plazos e imposición, hn tenido que realizar sin mayor demora conforme el ritmo de este proceso, incluso sin tener el tiempo necesario para conocer el alto volumen de papeles, al que de forma digital, el MP pretende dar carácter de prueba en este proceso. Pero, justamente, en ese escenario de terror, anarquía, burla al derecho y dictadura judicial al que nos quiere llevar el MP, al parecer todo es permitido. Todo es válido. Aquí vale todo, salvo que sea para respetar los derechos de los sometidos a escrutinio judicial;
  5. En este momento, en que ya está todo definido y dicho, en que ya el ciudadano Adán Cáceres ha fijado posición frente a lo que ha tenido que manejar, hoy día 14 de abril de 2023, a dos años de que fuera arresto y se le impusiera medida de coerción consistente en prisión, a más de once meses de la presentación de la particular acusación que nos ocupa, hoy 14 de abril de 2023, nos enteramos de que las reglas del juego en las que el ciudadano Adán Cáceres ha movido fichas de su maltrecha defensa, no son esas. Hoy nos hemos enterado, aunque parezca insólito decirlo, de que existe una querella y una acusación presentada en su contra, en adición a las que existían hasta ahora, y para colmo de males, sin la oportunidad de hacer nada con respecto a ello, pues resulta que esa parte ya ha sido aceptada por decisión de una Corte Superior, en un proceso del cual tampoco el ciudadano Adán Cáceres ha formado parte. Así es. En República Dominicana, en el año 2023, el Estado Dominicano ha instrumentado de forma premeditada, por medio de sus órganos, y pretende continuar con un proceso en contra de un ciudadano en donde se define su vida, sin que este ciudadano participe en ese trámite, tratándolo no como una persona con derechos y prerrogativas universales, sino como carne de un cañón espurio que sólo hará disparos de ignominia, podredumbre y oprobio;
  6. Esta narrativa parece irreal, pero es tal cual ocurre. ¿Cómo llegamos a este punto? En una práctica recurrente y tristemente habitual del MP de llevar procesos a espaldas del ciudadano Cáceres, hoy nos enteramos que en fecha 29 de octubre de 2021 esos acusadores nuevos, habían depositado una querella. Nunca fuimos notificados de eso. Tampoco lo fuimos de una acusación alterna a la del MP depositada en este tribunal en fecha 28 de noviembre de 2022. Tampoco nos enteramos de que este mismo tribunal, por razones que no podemos entender, en un proceso sin la participación del ciudadano Adán Cáceres, decidió sobre esa querella y acusación particular. No nos imaginábamos que ese derrotero llegó a la Cámara Penal de la Corte apelación. Pero como si ya todo este cuento de terror procesal no fuere suficiente, nos enteramos hoy de que esa corte, decidiendo sobre el futuro y vida del ciudadano Adán Cáceres, y sin su participación, decidió incluir a esa parte acusadora en este proceso y admitirla como parte, sin que el ciudadano pueda hacer absolutamente nada. Solo esperar el golpe del camión;
  7. La lista de violaciones a derechos fundamentales es larga. El derecho de defensa, el derecho a un juicio justo, la contradicción, el principio de igualdad de armas, la primacía de la Constitución y los tratados, son algunos aspectos procesales que no resisten el más mínimo análisis cuando compaginamos su contenido con estos hechos que venimos de describir de forma directa y escueta;
  8. Todo este derrotero de desaciertos, violaciones groseras a derechos fundamentales y laceraciones arbitrarias al proceso y a la lógica misma, tuvo el mismo inicio: El MP se ha mostrado irreverente y anarquista con la norma que regula su función y lo designa como garante del respeto de los derechos que en este caso han sido precisamente violados irresponsablemente por él mismo;
  9. En el sistema de terror y dictadura judicial, el Ministerio Público en este caso ha salido ileso de presentar una acusación en contra de Cáceres que no tiene nada que ver con los hechos sobre los cuales estaba siendo investigado. El MP ha podido continuar ilegal y alegremente con una querella escondida presentada por sorpresa en supuesta representación del Estado Dominicano, que hasta la fecha su resolución no ha sido definida por este tribunal, no obstante no fue notificada, ni admitida ni fue transformada en acusación conforme dispone la norma. El MP ha podido mantener impunemente, y sin ningún control y contrapeso desde sede judicial, una acusación cuya etapa previa fue realizada completamente a espaldas del ciudadano Cáceres, no obstante las varias decenas de actos pidiendo información sobre la investigación, aunque esta solicitud no era necesaria pues es una obligación a cargo del MP conforme dispone la norma. Ese comportamiento, que solo ha sido posible en base al terror judicial es quizás el responsable de este alarmante hecho que llama ahora nuestra atención;
  10. Esa querella y acusación alterna que aparece en el escenario hoy, como por arte de magia, tampoco fue notificada ni encausada positiva o negativamente por el MP, haciendo que la jueza apoderada de este caso, incurriera en error y llevando el desvarío incluso a la mismísima Corte de apelación con la sentencia que hoy lacera irremediablemente la suerte y validez del presente proceso. El germen de todo este desastre ciertamente es autoría del MP, pero, esa semilla ha tenido como maravilloso caldo de cultivo el condicionamiento y sojuzgamiento ilegitimo al poder judicial con el interés expreso de instaurar una dictadura de terror judicial dominada por el MP sobre la muerte del Estado de derecho;
  11. Todo nos lleva a una sola solución.

CONCLUSIÓN

POR TODOS LOS MOTIVOS expuestos, solicitamos formalmente a la juez titular del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, lo siguiente:

ÚNICO: QUE, con respecto a este evento en particular, por tratarse de un tema de orden público, y por su incidencia transversal en todo el proceso, en tanto que el hecho identificado imposibilita un ejercicio integral del derecho de defensa del concluyente por la implementación de soluciones que evidencian, en términos de resultado, una tutela judicial inefectiva de consecuencias irreparables en perjuicio del ciudadano Adán Benoni Cáceres Silvestre, que se proceda a declarar la NULIDAD del proceso, del procedimiento y la instrucción seguida en su contra, pues la continuación de esta persecución es imposible por la violación a los principios cardinales del proceso penal y el irrespeto sistemático de los derechos fundamentales del concluyente, y en consecuencia, prescindir de toda medida de coerción al proceso impuesta en perjuicio el ciudadano Adán Benoni Cáceres Silvestre por las razones expuestas. Que las costas del proceso sean adjudicadas solidariamente a las partes contrarias responsables de las violaciones denunciadas bajo las más amplias y extendidas reservas de derechos y acciones por las consecuencias que según Constitución y leyes adjetivas correspondan en contra de los funcionarios responsables de los eventos que motivan esta petición de nulidad.

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).

https://youtu.be/uTdBNq2fT-Q