El Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, aplazó para el próximo domingo 26 el conocimiento de solicitud de medida de coerción contra los exministro Gonzalo Castillo, José Ramón Peralta y Donald Guerrero, y otros 16 imputados en caso de corrupción Operación Calamar.
El jueza Kenya Romero adoptó la decisión acogiendo un pedimento de los abogados del imputado, quienes requirieron tiempo para conocer el expediente.
El Ministerio Público ha solicitado, que a los arrestados en este proceso se les imponga 18 meses de prisión preventiva como medida coercitiva y la declaratoria de complejidad del proceso.
Al depositar el expediente, que consta de tres mil páginas y mil 200 pruebas, la Coordinadora de Litigación de la Pepca, Mirna Ortiz, indicó que las investigaciones de este proceso apenas comienzan.
En la operación, ejecutada el pasado sábado, fueron realizados 40 allanamientos distribuidos en el Distrito Nacional, la provincia Santo Domingo, San Pedro de Macorís y La Romana, logrando el arresto de 20 personas.
En la ejecutoria de estos allanamientos y arrestos participaron 40 fiscales, decenas de técnicos de diferentes unidades de investigación, 300 miembros de la Policía Nacional y un amplio equipo de apoyo administrativo.
Entre los arrestados se encuentran, el exministro de Hacienda, Donald Guerrero; ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta; exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo; ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.
Asimismo, están arrestados Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir José Fernández de Paola, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación y Ana Linda Fernández.
La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.
También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.