Santo Domingo.- El proyecto de Ley que regula las Políticas Públicas para la Atención, Protección e Inclusión de Personas con Trastorno de Espectro Autista (TEA) contempla trascendentes aspectos para que el Estado se ocupe de una preocupación para miles de familias.
Se destacan los ámbitos salud, educación, cultura, deporte, recreación, trabajo, vida política, acceso a la justicia y asistencia económica en situaciones de pobreza y pobreza extrema.
El coordinador de la Mesa de Diálogo por el Autismo, periodista Fernando Quiroz, hizo un resumen de la pieza de 38 artículos, autoría de los senadores Franklin Rodríguez (San Cristóbal) y Dionis Sánchez (Pedernales).
Actualmente estudia el proyecto una comisión bicameral presidida por el senador Bautista Rojas Gómez (Hermanas Mirabal), con la diputada de Santo Domingo Norte, Betty Gerónimo, como vicepresidenta.
Quiroz insiste en que a nivel estatal, el TEA ha sido un tema cuyo abordaje se ha relegado históricamente a regulaciones genéricas, que no permiten atender de manera directa, proactiva y eficiente las crecientes necesidades de este importante segmento de la sociedad dominicana.
Con la actual iniciativa de ley se ha aprovechado la experiencia internacional, al apostar por un marco legal integral que facilite la transversalidad de las políticas públicas dirigidas al TEA.
Se refiere a establecer, en base a las necesidades existentes en el ámbito nacional, las regulaciones pertinentes para atender aspectos medulares que van desde el diagnóstico, tratamiento, cobertura de salud, educación, empleo y recreación de personas con condición de TEA, sin dejar de lado el resguardo de sus derechos fundamentales.
El actual proyecto sometido se produce luego de un encuentro hace varios meses entre los senadores Rodríguez y Sánchez con Quiroz, padre de Fernando Gabriel Quiroz Flaviá, de 12 años, de su matrimonio con Iranna Flaviá Luciano, y posteriores reuniones en la creada Mesa de Diálogo para la Atención del Autismo.
La Mesa la integran, además, madres de niños y niñas en condición, Margarita Quiroz, Fátima Sánchez, María del Carmen Santos y Odile Villavizar, quien es la presidenta de la Fundación Manos Unidas por el Autismo.
También, Rosángela Mendoza, directora de Diversa Espacio Terapéutico; Gricel Pezzotti, directora del Centro de terapias (Aicet), Jeaneldfred Beltré, directora del Centro Integral de Atención al Desarrollo Infanto Juvenil y Familiar (CIADIF), Maricarmen Hazoury, directora del Centro de Terapias ACAP y Steven Tapia, del equipo del senado Rodríguez.
Aspectos de la Ley de Atención al Autismo
El Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS), en su calidad de rector en discapacidad, coordinará, promoverá y fiscalizará que las instituciones públicas, de acuerdo con su competencia, desarrollen programas que atiendan las necesidades de la población con TEA, a fin de cumplir con el derecho a un nivel de vida adecuado, principalmente en los ámbitos de salud, educación, cultura, deporte, recreación, trabajo, vida política, acceso a la justicia y asistencia económica en situaciones de pobreza y pobreza extrema.
El Ministerio de Educación (MINERD) es el responsable de garantizar el pleno y efectivo acceso a la educación a las personas con TEA, que les permita potenciar y desarrollar sus capacidades individuales en atención a sus posibilidades de aprendizaje, desarrollo cognitivo, social y emocional.
El Ministerio de Salud Pública es el responsable de garantizar el pleno y efectivo acceso a la salud de las personas con TEA, que les permita con un diagnóstico oportuno, tratamiento y atención integral dentro del sistema nacional de salud.
El CONADIS y el Ministerio de Salud Pública, a través del Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), tendrán a su cargo, en representación del Poder Ejecutivo, acciones, como atender lo referente a la investigación, pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento del TEA.
Además, coordinar con la Oficina Nacional de Estadística (ONE), la realización de estudios estadísticos que abarquen a todo el país, con el fin de evaluar el impacto de la aplicación de la presente ley.
El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT) coordinará, conjuntamente con el CONADIS, la formulación de políticas y apoyos para la inclusión de personas con TEA, en la educación superior.
El Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), realizará conjuntamente con la asistencia del CONADIS, los ajustes metodológicos y de contenido en los programas de formación que imparte, en los cuales pueden participar personas con TEA.
El Ministerio de Trabajo en coordinación con el CONADIS implementará una estrategia de inserción laboral para promover el empleo de personas con TEA.
Esta estrategia incluye apoyos para el desarrollo de autoempleo y emprendimientos a cargo de personas con TEA y sus familias, con el acompañamiento del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
Se dispondrá la celebración de acuerdos con empresas del sector privado, a los fines de ofrecer puestos de trabajo a personas con autismo, cuando llegan a la etapa adulta.
En atención a las necesidades especiales de los niños con TEA, el Ministerio de Trabajo en coordinación con el Ministerio de Administración Pública y el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), dispondrá de un permiso especial de 3 a 5 horas semanales dentro del horario laboral, para los empleados que sean padres de niños con la condición, siempre que esto no afecte el cumplimiento de las responsabilidades asumidas por contrato.
A los fines de garantizar el respaldo estatal a los pacientes con TEA y sus familiares, el Estado garantizará la cobertura a través del Seguro Nacional de Salud (SENASA), desde el primer nivel de atención integral en salud.
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) velará por la inclusión en el catálogo de cobertura del Plan de Servicios de Salud (PDSS) de los servicios desde el primer nivel de atención integral en salud.
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), tendrá a su cargo la elaboración de un listado de los servicios más demandados por las personas con TEA, a los fines de ampliar y aumentar cobertura a éstos, incluyendo: Atención neurológica, evaluaciones psicológicas, terapia ocupacional, terapia conductual, terapia de lenguaje y habla, atención nutricional, atención gastroenterológica, estudios clínicos e imágenes.
Queda prohibido
En virtud de la preservación de los derechos de las personas con la condición del espectro autista o de sus familias queda prohibido, lo siguiente:
-Rechazar su atención en clínicas y hospitales del sector público y privado.
-Negar la orientación necesaria para un diagnóstico y tratamiento adecuado, y desestimar el traslado de individuos a instituciones especializadas, en el supuesto de carecer de los conocimientos necesarios para su atención e intervención adecuada;
-Actuar con negligencia y realizar acciones que pongan en riesgo la salud de las personas, así como aplicar terapias riesgosas (sin contar con evidencia científica), indicar sobre medicación que altere el grado de la condición u ordenar internamientos injustificados en instituciones psiquiátricas.
-Impedir o desautorizar la inscripción en los planteles educativos públicos y privados.
-Impedir el acceso a servicios públicos y privados de carácter cultural, deportivo, recreativo, así como de transporte.
-Rehusar el derecho a contratar seguros de gastos médicos públicos o privados.
-Denegar la posibilidad de contratación laboral a quienes cuenten con certificados de habilitación expedidos por la autoridad responsable señalada en esta ley, que indiquen su aptitud para desempeñar dicha actividad productiva.