Santo Domingo.- El Poder Ejecutivo emitió hoy el decreto 610-22, mediante el cual instruye a las instituciones públicas adquirir productos agrícolas crudos priorizando en las compras por debajo del umbral, a los pequeños agricultores familiares y asociaciones o cooperativas integradas por estos, considerando que el volumen de cosecha de estos agricultores no es competitivo en los procedimientos de gran escala.
El decreto establece “priorizar a los agricultores familiares que se encuentren en situación de pobreza. conforme los dates del Sistema Único de Beneficiaries (SlUBEN), o que formen parte del programa SUPERATE , así como los que hayan sido favorecidos por programas de apoyo económico para realizar inversiones o mejoras en sus cultivos por parte del Gobierno dominicano”.
En ese sentido ordenan al Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), el Ministerio de Agricultura, el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperative (IDECOOP) y SUPERATE, a que establezcan mecanismos para la adquisición de productos agrícolas a cooperativas y asociaciones integradas por agricultores familiares, tanto en los mercados de productores como en otras actividades que realice el INESPRE en el marco de sus funciones.
El Ministerio de Agricultura deberá hacer un levantamiento de la ubicación de los agricultores familiares en el territorio nacional, en un plazo no mayor de tres (3) meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto, tanto a los que ejerzan la actividad productiva en forma individual como aquellos que se encuentren asociados en cooperativas o asociaciones de agricultores familiares. Este inventario deberá ser actualizado por el Ministerio de Agricultura por lo menos una vez al año o cuando le sea requerido.
Así mismo el Ministerio de Agricultura deberá expedir una acreditación a los agricultores familiares y a las cooperativas o asociaciones conformadas por estos, conforme al Registro Único de Productores. Este será un requisito exigido con los procedimientos de compras a este sector.
De acuerdo a lo establecido los agricultores familiares que deseen vender sus productos mediante procedimientos de contratación pública deberán acreditar la certificación del Ministerio de Agricultura que los acredite como tales y cumplir con los estándares de calidad e inocuidad de los alimentos establecidos en dicho ministerio.