Diputados Aníbal Díaz y Sandro Sánchez dicen urge una ley de extinción de dominio en RD

Diputados Aníbal Díaz y Sandro Sánchez dicen urge una ley de extinción de dominio en RD

Llaman a no politizar la pieza y entienden debe ser orgánica porque se desprende de la Constitución  

A propósito del debate en torno al proyecto de ley de extinción de dominio, los diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Sandro Sánchez y Aníbal Díaz, compartieron su parecer sobre el mismo al coincidir que la pieza es oportuna y que el país necesita que la misma se apruebe.

En opinión de Díaz, diputado de la circunscripción 2 del Distrito Nacional, en la capital, la ley es necesaria porque urge tener un vector que pueda canalizar los deseos que tiene la sociedad de que haya recuperación de lo que es indebidamente producido a través de actividades ilícitas como el narcotráfico, corrupción, lavado de activos, entre otros actos que de alguna manera u otra han generado gran fortuna frente a una desigualdad social que genera fragmentación.

“Creo que es necesaria y que además es un clamor de una parte importante de la sociedad”, precisó el legislador Díaz durante su participación en el programa Reseñas junto a su homólogo Sánchez, espacio que produce y conduce el periodista Rafael Núñez junto a su colega Adelaida Martínez cada sábado por Entelevisión a las 9:00 p.m.

Carta Magna ordena la “reserva de ley”

En tanto que el legislador Sandro Sánchez, diputado en la circunscripción 5 de Santo Domingo (Los Alcarrizos), hizo alusión al artículo 51 de la Constitución dominicana, el cual contempla la figura jurídica de la “reserva de ley”, sobre todo cuando se habla de extinción de dominio.

“Nosotros tenemos en el ordenamiento jurídico lo que serán los delitos continuos, es decir, una actividad ilícita que se haga por ejemplo en el 2010, después de tener la figura de la extinción de dominio, pero que ya en el 2022 justamente el resultado de esa actividad ilícita tenga que ser atacado. Ahí hablamos también de lo que sería la irretroactividad de la ley (artículo 110 de la Constitución)”, explicó Sánchez.

Destacó que la parte nodal de la discusión en torno a la pieza justamente es “que la ley es necesaria por mandato constitucional y obviamente por la necesidad de atacar un mal que afecta los patrimonios que el Estado pudiera tener en su parte normativa “.

Retroactividad y retrospectiva: el alcance de la ley

Al hablar de lo retroactivo y retrospectivo de la ley, aspectos que se han cruzado en el debate, el diputado Aníbal Díaz señaló que en la parte de la irretroactividad, se refiere al alcance de una ley, ordenanza o resolución.

“Es decir, yo legislo ya sea por una ley, un decreto presidencial o una resolución. El alcance de ese dispositivo o estatuto aprobado debe ser para el porvenir  o el pasado cuando le beneficie en función del que está siendo juzgado o señalado. Usted tiene dos aspectos: la ley actual me es más lesiva, pues entonces me sostengo de la que es más flaxa, que era la anterior… lo retrospectivo son los hechos que yo cometí”, explicó Díaz.

Manifestó que esa Constitución del 2010 que derivó en muchos debates durante el gobierno que encabezó Leonel Fernández, genera derechos, pero también obligaciones.

“Como bien lo dice Sandro, el fiscal, el vigilante y garante continuo del cumplimiento correcto y fiel a la Constitución y, para interpretarla cuando hay algún tipo de contradicción difusa, es precisamente el Tribunal Constitucional.

Díaz señaló que cualquier ley que se apruebe en el Congreso y se le dé la categoría de retroactiva, o sea, juzgar lo anterior como competencia de lo que ella ordena, “esa ley es simplemente muy asociada a lo que pasa con el aborto”.   

“¿El aborto es un tema ideológico?, no; ¿el aborto es un tema espiritual?, no. Es un tema constitucional porque la Constitución dice que la vida empieza desde la concepción, igual pasa con el tema del pasado: que está en la Constitución. Entonces, si yo apruebo una ley igual que si yo apruebo el aborto, el tribunal tiene que defender la constitucionalidad de la vida; igual tiene que defender la constitucionalidad de la aplicación de la ley que no puede ser bajo ningún concepto un mirar atrás; que no puede ser bajo ningún concepto perseguir y juzgar como ámbito de competencia hacia el pasado”, razonó Díaz.

Para aplicar la ley debe haber una sentencia firme

Sobre qué aspectos negativos tendría la pieza en torno a la presunción de inocencia, Sánchez aclaró que el proyecto marco normativo que tiene la ONU, justamente tiene la retroactividad como parte formal del proyecto, lo que no puede aplicar en la República Dominicana.

Apuntó que el Estado debe cuidar el aspecto de que cuando se habla de extinción de dominio (expropiar), la Constitución manda como ordenamiento jurídico que debe haber una sentencia firme para aplicarla.

Sánchez llamó a tener presente que no es atacar a la persona, sino los bienes ilícitos que pudiera tener un actor.

“Lo que busca el Estado es expropiar bienes que hayan sido producto de la actividad ilícita”, dijo, al añadir que hay una parte fundamental como el fardo de las pruebas, ya que es el Ministerio Público el ente que tiene que probar ante el juez la acusación.

¿No se ha recuperado lo robado porque no hay una ley?

Mientras que el diputado Aníbal Díaz, al continuar el debate sobre el proyecto de ley de extinción de dominio y tras oír la apreciación de varios de sus homólogos, dijo que de lo que se trata es que hay una aspiración profunda del pueblo dominicano de quitarle a la gente lo que se robó y lo que hizo de manera indebida.

“Hay que tener cuidado con las consignas porque estas no pueden ser ley… todos estamos de acuerdo en que se recupere lo robado, que haya sanción y que el que hizo algo ilegal vaya preso”, manifestó Díaz, quien tras eso añadió que hay que analizar el cómo se hará eso. 

Destacó que en países como Guatemala, El Salvador, Honduras, EE. UU., Francia y Alemania no existe esta legislación y ellos recuperan lo robado, y que por eso llama a tener cuidado con las consignas en debates tan importantes.

“Yo voy a votar por una ley de extinción de dominio, pero por una ley que tenga los contenedores sociales; con una ley que tenga la salvaguarda, que tenga los sensores; una ley que le advierta… ¡hey!, cuidado, hasta ahí no. Una ley que le permita a la autoridad recuperar lo que se ha hecho de manera incorrecta, pero que tenga la tutela debida de proteger el derecho a la propiedad de la gente… lo que la gente ha producido de manera correcta”, puntualizó Díaz.

A propósito de lo señalado por Díaz, el también diputado Sánchez apuntó que los artículos 68 y 69 de la Constitución son transversales a la garantía de los derechos fundamentales, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.

“Hay un punto que quisiéramos robustecer: el principio de legalidad. El funcionario, el juez, el fiscal, el abogado, el ciudadano… tienen que actuar bajo el manto de la ley, o sea, nadie puede estar por encima de la ley”, dijo Sánchez.   

Puntualizó que la ley no es contra una persona, sino que la misma impacta a los bienes obtenidos por una vía ilícita y que por eso los expertos han dicho que no es una ley civil ni penal, sino una pieza nueva.

Ambos diputados coinciden en que debe ser una ley orgánica, porque la misma se desprende de una ordenanza de la Carta Magna que establece un quórum o mayoría calificada en el Congreso para que sea aprobada. 

Finalmente, Sánchez dijo que, aprobarla es importante, pero llamó a no politizar el debate por lo delicado de la pieza.

En la misma línea se expresó el diputado Díaz, quien señaló que es importante entender que la sociedad dominicana tiene sed y necesidad de que haya recuperación de lo que se hizo mal, por lo que está de acuerdo con la ley, pero que la misma tenga garantías del cómo y no se cualquierice.