Consulta pública de Resolución Sobre Normas de Agencias de Empleo y Pasantías está disponible hasta 15 de marzo

Consulta pública de Resolución Sobre Normas de Agencias de Empleo y Pasantías está disponible hasta 15 de marzo

Santo Domingo. – El Ministerio de Trabajo informó que la consulta pública de los proyectos de Resolución Sobre las Normas para el Funcionamiento de las Agencias de Empleo y el relativo a la Pasantía o Práctica Profesional Formativa está disponible hasta el 15 de marzo del año en curso.  

La publicación está colgada en el portal institucional https://mt.gob.do , accediendo con un click a Consulta Pública, conforme a lo establecido por los artículos 23 y 24 de la Ley número 200-04, sobre Libre Acceso a la Información.  

Las personas e instituciones interesadas en enviar observaciones o sugerencias en torno a estos proyectos, depositarlas por escrito con atención a la Dirección Jurídica, en la sede del Ministerio de Trabajo, ubicada en la Avenida Enrique Jiménez Moya esquina República del Líbano, Centro de Los Héroes, en Santo Domingo, Distrito Nacional o remitirlas al correo electrónico: consulta.publica@mt.gob.do    

La Resolución sobre las Normas para el Funcionamiento de las Agencias de Empleo tiene como objeto establecer la guía para el manejo adecuado de las agencias privadas y públicas de empleo, que operan en la República Dominicana, como estipula el Convenio 122 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como la implementación de las políticas de empleo de acuerdo a la Recomendación 188.  

Mientras, que el objetivo de la Resolución sobre la Pasantía o Práctica Profesional Formativa es disponer el proceso mediante el cual el estudiante pone en ejecución los conocimientos adquiridos durante el transcurso de su formación académica, en los niveles de educación media o secundaria, técnico profesional o superior, de grado o de postgrado.  

De acuerdo a esta normativa, la Práctica Profesional Formativa no genera ningún tipo de relación laboral entre el pasante y la empresa u organización en la que ésta se desarrolla, tampoco podrá ser utilizada para cubrir vacantes, ni para reemplazar al personal de las empresas u organizaciones en las que se realicen.