TSA se declara incompetente ante acción de Jean Alain como solicitó el Ministerio Público

TSA se declara incompetente ante acción de Jean Alain  como solicitó el Ministerio Público

Santo Domingo.- La procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso ponderó este martes la declaración de incompetencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) para conocer una acción de amparo con la que el ciudadano Jean Alain Rodríguez Sánchez procura una disculpa pública del Ministerio Público y, a la vez, que la prensa elimine su nombre de todas las publicaciones que registran el desarrollo de la Operación Medusa que lo llevaron a prisión por corrupción y lavado de activos.

La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), integrada por los jueces Luisa Canaán, Dilcia del Rosario y Jeny Rodríguez, consideró al Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional como la instancia ante la que el imputado tendría que presentar sus argumentos.

“Jurídicamente, tal y como el Ministerio Público le había solicitado al tribunal (fue rechazado el amparo), porque eran unos pedimentos que en derecho no se sostenían”, dijo la directora general de Persecución del Ministerio Público al ser abordada por los periodistas, luego de que el TSA anunciara su decisión.

Explicó que el Ministerio Público, atendiendo a su facultad de órgano investigador, denominó como Operación Medusa al conjunto de diligencias procesales y operativas que llevaron al caso en el que el exprocurador Rodríguez Sánchez está acusado de lavado de activos, de corrupción y de otros delitos graves.

“Pretender una disculpa sobre ese fundamento es absurdo y evidentemente que el Ministerio Público lo que se ha dedicado es a hacer una profunda investigación, y nosotros no estamos para hacer recomendaciones a imputados, pero quizás sería más estratégico que (el privado de libertad y sus abogados) se dediquen a preparar sus defensas ante las gravísimas imputaciones que tienen, más las nuevas que se les van a agregar cuando el Ministerio Público tenga a bien presentar el acto conclusivo”, enfatizó Reynoso.

Por igual, deploró el pedimento que busca que la prensa borre de sus portales digitales informaciones sobre un hecho cierto del que reportó. Sostuvo que esa solicitud refleja el accionar de una persona que se niega a aceptar el derecho que tienen los medios a informar.

“Pedir que la prensa retire un hecho que es cierto, que informó, es un deseo de una persona que no cree en el derecho que tienen los medios de informar”, dijo. Por el contrario, agregó que “nosotros sí creemos y respetamos ese derecho”.

Desde julio del pasado año el exprocurador Rodríguez Sánchez y los coimputados Alfredo Alexander Solano Augusto, Javier Alejandro Forteza Ibarra y Jonathan Joel Rodríguez Imbert cumplen 18 meses de prisión preventiva en el Centro de Corrección y rehabilitación de Najayo Hombres, en San Cristóbal, por disposición de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

En el caso figuran como coimputados Rafael Antonio Mercede Marte, Jenny Marte Peña y Altagracia Guillén Calzado, quienes cumplen arresto domiciliario, y Miguel José Moya, a quien le fue impuesta una garantía económica de RD$1 millón en modalidad de contrato, a través de una compañía aseguradora, impedimento de salida y presentación periódica.

Además, contra Rafael Stefano Canó Sacco, el exjefe de Gabinete del procurador Rodríguez Sánchez arrestado en España, el Ministerio Público ya hizo el trámite de la solicitud para su entrega a República Dominicana.

De acuerdo con el expediente, los imputados integraron una red criminal de corrupción que operó desde la Procuraduría General de la República y que, según estimaciones preliminares, estafó al Estado dominicano con más de 6 mil millones de pesos.

El órgano acusador les imputa la violación a los artículos 123, 124, 166, 167, 265, 266 y 405 del Código Penal, que describen y sancionan la coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado.

También, enfrentan cargos de infracción al artículo 3, párrafo, de la Ley 712, que tipifica el desfalco y que modifica los artículos 171 y 172 del Código Penal, así como a los artículos 5, 6 y 10 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, por haber incurrido en actos de acceso ilícito, daño o alteración de datos y sabotaje.

El Ministerio Público acusa al grupo, además, de violación a los artículos 1 y 2 de la Ley 488-06, sobre Soborno.

Rodríguez Sánchez y sus colaboradores y relacionados están imputados, igualmente, de infringir varios artículos de la nueva Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.