El Observatorio de Comunicación y Democracia (OCD) calificó de oportuna y necesaria una reforma a la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, a propósito del anuncio hecho por el presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, en donde plantea una amplia agenda de cambios institucionales para este año 2022.
El OCD, al reseñar el artículo de opinión del abogado constitucionalista, Namphi Rodríguez, publicado en el periódico digital Acento, hace causa común de que una de esas reformas debe caer sobre el vetusto decreto de Ley del Consejo de Estado número 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento.
Según lo expuesto por Namphi en su artículo, luego de más de medio siglo de vigencia y debido al desarrollo democrático, la Ley 6132 no sólo ha perdido el sentido de la realidad, sino que no puede responder a los desafíos que platean las redes sociales a la libertad de expresión, afirmación compartida por este observatorio.
Otros de los puntos del referido artículo considerados aciertos por el OCD es que el Tribunal Constitucional ha ido dictando su nulidad parcial a través de sentencias como la TC/0075/16, que despenalizó los delitos de prensa cuando afectan a funcionarios públicos, al tiempo que tumbó el sistema de “responsabilidad penal en cascada” que imputaba a los directores de medios de comunicación independientemente de quien cometiera la difamación e injuria.
Además de la decisión del Tribunal Constitucional que anula los artículos 31, 34, 37, 46 47 y 48 de la Ley de Prensa y que formaban parte del sistema de sanciones penales por delitos contra el honor; pero, aún falta desterrar del Código Penal los artículos 368, 369, 370, 371 y 372, que igualmente atentan contra la libertad de expresión.
Para el experto constitucionalista uno de los desafíos más acuciantes que se pudiera presentar al legislador al momento de la reforma de la ley es el referido a la distinta calificación que se suele dar a los delitos de difamación e injuria cuando se perpetran por redes sociales o cuando se cometen a través de medios de comunicación convencionales.
El OCD resalta la pertinencia del referido artículo, ya que retrata una realidad que demanda cambios sustanciales para la adecuación de una ley tan importante como la de Expresión y Difusión del Pensamiento.
El Observatorio de Comunicación y Democracia (OCD) calificó de oportuna y necesaria una reforma a la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, a propósito del anuncio hecho por el presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, en donde plantea una amplia agenda de cambios institucionales para este año 2022.
El OCD, al reseñar el artículo de opinión del abogado constitucionalista, Namphi Rodríguez, publicado en el periódico digital Acento, hace causa común de que una de esas reformas debe caer sobre el vetusto decreto de Ley del Consejo de Estado número 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento.
Según lo expuesto por Namphi en su artículo, luego de más de medio siglo de vigencia y debido al desarrollo democrático, la Ley 6132 no sólo ha perdido el sentido de la realidad, sino que no puede responder a los desafíos que platean las redes sociales a la libertad de expresión, afirmación compartida por este observatorio.
Otros de los puntos del referido artículo considerados aciertos por el OCD es que el Tribunal Constitucional ha ido dictando su nulidad parcial a través de sentencias como la TC/0075/16, que despenalizó los delitos de prensa cuando afectan a funcionarios públicos, al tiempo que tumbó el sistema de “responsabilidad penal en cascada” que imputaba a los directores de medios de comunicación independientemente de quien cometiera la difamación e injuria.
Además de la decisión del Tribunal Constitucional que anula los artículos 31, 34, 37, 46 47 y 48 de la Ley de Prensa y que formaban parte del sistema de sanciones penales por delitos contra el honor; pero, aún falta desterrar del Código Penal los artículos 368, 369, 370, 371 y 372, que igualmente atentan contra la libertad de expresión.
Para el experto constitucionalista uno de los desafíos más acuciantes que se pudiera presentar al legislador al momento de la reforma de la ley es el referido a la distinta calificación que se suele dar a los delitos de difamación e injuria cuando se perpetran por redes sociales o cuando se cometen a través de medios de comunicación convencionales.
El OCD resalta la pertinencia del referido artículo, ya que retrata una realidad que demanda cambios sustanciales para la adecuación de una ley tan importante como la de Expresión y Difusión del Pensamiento.