El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), anunció este viernes mediante la resolución 001-2021, que queda prohibido el uso de sirenas, pitos y bocinas en vehículos de motor no autorizados.
Dentro de la prohibición también se encuentran: las luces giratorias, intermitentes o rojas en vehículos no autorizados que circulan en las vías del país.
Según explicó la institución a través de sus redes sociales, dicha medida está amparada en el artículo 228 de la Ley 63-17, que establece que queda prohibido el uso en vehículos de motor de pitos, sirenas y bocinas.
Así mismo indicó que dicha disposición no será aplicada a vehículos debidamente identificados como el transporte para emergencias, entre ellos las patrullas y vehículos de servicio de la Policía Nacional, los camiones de bomberos, los vehículos para dar protección civil y salvamento, los de asistencia sanitaria o ambulancias, grúas y remolque.
De igual forma, la institución informó que concederán un plazo de 15 días calendario, a partir de la publicación de esta resolución, para adecuar los vehículos de motor que utilicen pitos, sirenas, bocinas, luces giratorias, intermitentes o rojas.