Pro-Competencia sanciona al pago de RD$14 millones a farmacéuticas fijaron precio arbitrario del Winasorb

Pro-Competencia sanciona al pago de RD$14 millones a farmacéuticas fijaron precio arbitrario del Winasorb

Santo Domingo.- El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) sancionó con el pago de 14 millones de pesos repartidos entre cuatro farmacéuticas que se pusieron de acuerdo para fijar los precios de ciertos medicamentos como analgésicos y antigripales de la marca Winasorb, en perjuicio de los consumidores en el país.

La decisión está contenida en la Resolución Núm. 010-2021 de fecha 14 de junio de 2021,  en contra de Profarma Internacional, S.R.L, Sued & Fargesa, S.R.L., Mercantil Farmacéutica, S.A. y J. Gassó Gassó, S.A.S. por violación al del artículo 5 literal a) de la Ley núm. 42-08.

Las citadas empresas fijaban de manera indirecta el precio estableciendo los mismos porcentajes máximos de descuento en la comercialización, y fijaban de manera directa los precios de comercialización a través  del acatamiento coordinado del precio sugerido por el agente productor, en este caso Glaxo Smith Kline (GSK). Estas actuaciones se traducen en precios más elevados y productos menos innovadores para los consumidores, que por tratarse de medicamentos reviste un especial  interés social, indica una nota del organismo sancionador.

En votación unánime del Consejo Directivo, el órgano impuso sanciones económicas a estas empresas considerando su nivel de participación individual en las mencionadas prácticas concertadas; a Profarma Internacional 315 salarios mínimos del sector, a Sued & Fargesa 281 salarios mínimos, a Mercantil Farmacéutica 167 salarios mínimos y a J. Gassó Gassó 38 salarios mínimos.

La ley 42-08 dispone que se tome como base para el cálculo de las multas el salario mínimo del sector de que trate, que para empresas grandes es RD $17,610.60. La combinación de las multas hacen un total ascendente a $14,106,090.60 pesos.

Entre las pruebas valoradas por el Consejo para la toma de su decisión se consideraron algunos correos electrónicos intercambiados por los citados agentes económicos, coordinando dichos acuerdos.  Estos correos fueron incluidos en el cuerpo de la resolución, que ordena el cese de las actuaciones generadas en el marco de las conductas sancionadas y establece Resolución Núm. 010-2021 una penalidad de 3% del monto por cada mes dejado de pagar, y advierte que la ley permite duplicar la multa en caso de reincidencia.

Esta resolución es la primera dictada por Pro-Competencia en materia de acuerdos anticompetitivos y prácticas concertadas, por lo que crea un precedente del tratamiento que le dará la Comisión a este tipo de actuaciones en lo delante.